En la resolución provisional se indican los proyectos subvencionados y la propuesta de importe que se los concede. También se informa de los proyectos denegados y de los no admitidos. En cuanto a las entidades de Sarrià – Sant Gervasi, encontrarás el listado entre las páginas 239 y 247 del documento en cuestión.
Documentación y alegaciones
El día siguiente a la publicación de la resolución provisional al BOPB se abre un periodo de diez días hábiles (del 23 de mayo al 5 de junio, incluido) para presentar la documentación acreditativa requerida y, si se tercia, alegaciones. En este último caso, conviene recordar que la no presentación de alegaciones significa conformidad y, por lo tanto, la resolución provisional tendrá carácter de definitiva sin necesidad de notificación.
También se abre un periodo de 20 días hábiles (del 23 de mayo al 19 de junio, incluido) para reformular, en caso de que el importe otorgado sea inferior en el importe presentado inicialmente en el proyecto. Ten presente que, si no se reformula, habrá que justificar la totalidad del presupuesto presentado a la solicitud. Los documentos se colgarán junto con la resolución provisional aquí.
Finalmente, para las subvenciones que estén propuestas para otorgar y no se haya requerido presentar documentación acreditativa, la propuesta de resolución tendrá carácter de definitiva sin necesidad de notificarla, si así lo decide el órgano instructor.
Recuerda que es obligatoria la presentación telemática de toda la documentación.