La Guardia Urbana colabora con el RACC e imparte talleres sobre vehículos de movilidad personal

Algunas de las cuestiones tratadas estaban relacionadas con los carriles por donde tienen que circular los patinetes o la velocidad máxima a la que pueden hacerlo por la ciudad.

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06/02/2021 - 11:47 h - Seguridad y prevención Ajuntament de Barcelona

La Guardia Urbana ha participado hoy, entre las 10.00 y las 18.00 horas, en los cursos de formación de treinta minutos organizados por el RACC entre la Casa SEAT (parte teórica inicial) y los Jardinets de Gràcia (parte práctica). Los cursos se han ido repitiendo a lo largo de estas ocho horas, y para asistir a ellos hacía falta reservar una plaza y escoger el horario deseado, ya que las plazas eran limitadas con el fin de regular el aforo y asegurar las condiciones de seguridad necesarias.

El público asistente ha estado formado por socios del club de entre 16 y 45 años que querían ampliar conocimientos y resolver dudas sobre el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), especialmente ahora que cada vez están más presentes en nuestras calles y que ha entrado en vigor la nueva normativa sobre la circulación de este tipo de vehículos.

Esta normativa entró en vigor el 2 de enero y prohíbe que las ruedas eléctricas o segways circulen por las aceras o por zonas de peatones. Esta prohibición ya se aplicaba en Barcelona desde el 2017, y ahora se ve reforzada con el Real decreto aprobado por el Consejo de Ministros, que, además, amplía las regulaciones para este tipo de vehículos.

¿Por dónde pueden circular los vehículos de movilidad personal?

Los vehículos de movilidad personal no pueden superar, en ningún caso, los 25 km/h, y los ámbitos en los que pueden circular son los siguientes:

  • Calles de plataforma única.
  • Carriles bici en la acera, a un máximo de 10 km/h.
  • Carriles bici en la calzada, a un máximo de 25 km/h, con la obligación de reducir la velocidad en los pasos de peatones.
  • Calzada de las calles 30, a un máximo de 25 km/h.
  • Parques, a un máximo de 10 km/h y respetando la prioridad de los peatones.

¿Por dónde no pueden circular los vehículos de movilidad personal?

  • Por aceras ni otras zonas de peatones.
  • Por travesías, túneles urbanos, vías interurbanas, autopistas ni autovías que pasan por dentro de la ciudad.