Subvenciones para la instalación de terrazas en la calzada
En el marco del paquete de medidas y de movilización de recursos del Plan de Reactivación Económica surgido a raíz del COVID-19, el Ayuntamiento de Barcelona pone en marcha las subvenciones para la instalación de plataformas homologadas en la calzada para las terrazas de la ciudad. Las ayudas, dirigidas a los establecimientos de restauración con espacios de terraza situados en la calzada, pueden solicitarse del 4 de abril al 17 de mayo de 2022.
Con el objetivo de facilitar la presentación de solicitud para estas subvenciones, esta página recoge la información esencial de la convocatoria y responde a algunas de las preguntas más frecuentes. También permite consultar la infografía, con un resumen visual de la información más relevante a la hora de solicitar las ayudas. Cabe recordar que la información completa se puede encontrar en el documento de la convocatoria y en la Oficina Virtual de Trámites.
Enlaces y materiales relacionados
Nota informativa
Actualización: Consulta el estado de la subvención en este enlace.
Esta subvención se encuentra en FASE DE JUSTIFICACIÓN.
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A raíz del COVID-19, la actividad de los establecimientos del sector de la restauración quedó directamente afectada, con restricciones de horario y limitaciones de aforo. Para ayudar a hacer frente al impacto económico de la crisis y mantener los puestos de trabajo, el Ayuntamiento de Barcelona concedió una licencia excepcional para instalar espacios de terraza en la calzada.
Ahora, con el objetivo de consolidar estos elementos y continuar mejorando la calidad del espacio público de la ciudad, los establecimientos con este tipo de terrazas deben incorporar obligatoriamente uno de los modelos de plataformas homologadas incluidos en la Recopilación de elementos urbanos de el Ayuntamiento de Barcelona. Estas subvenciones pretenden ayudar al sector en la inversión para adquirir estos nuevos elementos.
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Pueden optar a las subvenciones todas las personas físicas o jurídicas que sean titulares de establecimientos de restauración o asimilados que hayan dispuesto de una licencia excepcional de terraza en la calzada, concedida a raíz de los decretos excepcionales en el marco del COVID-19, y que obtengan licencia para la instalación de terraza este 2022.
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Las condiciones y requisitos imprescindibles para optar a la ayuda son:
- Tener una licencia excepcional para la instalación de terraza en el marco de los decretos de terrazas excepcionales de la COVID-19.
- Acreditar la presentación de solicitud de nueva licencia de terrazas en la calzada, de acuerdo con la Ordenanza de terrazas modificada el 23 de diciembre de 2021.
- En el momento del abono de la subvención solicitada, disponer de la nueva licencia mencionada en el punto anterior.
- Realizar los gastos de inversión de implementación de las terrazas en calzada según los artículos 28 bis y 28 ter de la Ordenanza de terrazas, que estipulan las condiciones de instalación de la plataforma teniendo en cuenta su ubicación.
- Adecuar los gastos de inversión al objeto y la finalidad de esta convocatoria.
Asimismo, las personas beneficiarias de las subvenciones deben cumplir el resto de requisitos, que pueden consultarse en el documento de la convocatoria.
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Se consideran gastos subvencionables:
- Gastos relacionados con el suministro, transporte y montaje de la plataforma de ampliación de acera para la instalación de una terraza de acuerdo a los cuatro modelos homologados.
- Los gastos técnicos de tramitación y replanteo, bien justificados. Se incluyen gastos de gestoría, honorarios de técnicos intervinientes, etc.
- Los gastos de adquisición de la plataforma obligatoria.
En cambio, no son gastos subvencionables:
- Los impuestos indirectos cuando puedan recuperarse o compensarse.
- Los impuestos sobre la renta.
- El coste salarial y el coste de la seguridad social del personal.
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La cuantía de la subvención depende del número de mesas otorgadas por licencia:
- 2 mesas: 3.300 €
- 3 mesas: 4.000 €
- 4 mesas: 4.900 €
- 5 mesas: 5.900 €
- 6 mesas o más: 6.900 €
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Las solicitudes se pueden presentar del 4 de abril al 17 de mayo de 2022. Obligatoriamente, se deberá presentar la siguiente documentación, que se explica con más detalle en las bases:
- El formulario de solicitud, disponible aquí.
- La declaración responsable que se adjunta a la convocatoria, que puede descargarse aquí.
- La documentación identificativa de la persona física o jurídica solicitante.
- Los datos bancarios.
En cuanto a la presentación de la solicitud, las personas físicas o jurídicas deberán hacerlo de forma telemática a través de la Oficina Virtual de Trámites. Excepcionalmente, solo las personas que no estén obligadas a presentarla telemáticamente, podrán hacer el trámite en cualquier oficina del registro municipal.
La convocatoria de estas subvenciones se realiza en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de entrada de las solicitudes y hasta agotar el crédito presupuestario.