Medidas COVID-19: vuelve la limitación de diez personas en las reuniones

10/02/2022 - 14:14 h

A partir del 24 de diciembre y durante quince días, estarán en vigor las nuevas medidas dictaminadas por la Generalitat para contener el aumento de casos de COVID-19. La limitación a diez personas en los encuentros sociales, las restricciones en la movilidad nocturna y el cierre del ocio nocturno son algunas de ellas. Al mismo tiempo impulsamos la vacunación con más puntos de apoyo en la ciudad.

En Barcelona hemos reactivado ocho puntos de apoyo a la vacunación en las zonas de la ciudad con menos cobertura vacunal:

  • Ciutat Vella: Centro Cívico Barceloneta, Centro Cívico Convent de Sant Agustí, Centro Cívico Pati LLimona y CAP Drassanes.
  • Sants-Montjuïc: Centro Cívico El Sortidor y Espacio Química Joves.
  • Nou Barris: Casal de Personas Mayores Les Roquetes.
  • Sant Martí: Casal de Barrio Besòs.

Estas son las medidas COVID dictaminadas por la Generalitat de Catalunya, vigentes a partir del 24 de diciembre:

Movilidad nocturna

No se puede circular por la vía pública entre la una de la madrugada y las seis de la mañana.

Encuentros sociales

  • No se pueden celebrar reuniones de más de diez personas, tanto en espacios interiores como exteriores.
  • Se recomienda limitar el contacto entre diferentes grupos de convivencia.

Ocio nocturno y salas recreativas

  • Se cierran los locales de ocio nocturno y similares que impliquen baile y que los clientes estén de pie.
  • Las salas de conciertos pueden continuar la actividad con un aforo del 70 % y el público sentado.
  • En el interior de casas de apuestas, bingos y salas recreativas, se establece un aforo del 50 %.

Hostelería y restauración

  • Se limita el aforo en el interior de bares y restaurantes al 50 %.
  • En las terrazas podrá haber un máximo de diez personas por mesa, y debe mantenerse la distancia de 1,5 metros entre las mesas.
  • El certificado COVID sigue siendo obligatorio.

Instalaciones y actividades deportivas

  • Aforo del 70 % en espacios interiores con actividades deportivas no federadas y los acontecimientos deportivos profesionales.
  • En las carreras y las actividades exteriores la salida tiene que ser escalonada, para garantizar la distancia, y es obligatorio llevar la mascarilla mientras se esté inactivo.
  • Se mantiene el certificado COVID para acceder a los gimnasios.

Comercios

El aforo en empresas de servicios y comercios minoristas se limita al 70 %.

Espacios culturales

Se reduce el aforo al 70 % en:

  • Cines, teatros, auditorios, circos con carpa y espacios similares. Se suspende el servicio de bar y restauración si no se puede separar físicamente de la actividad cultural y funcionar de una manera independiente.
  • Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros centros culturales.
  • Equipamientos cívicos (si hay restauración, el aforo se limita al 50 %).
  • Salas de conciertos, con el público sentado.

Ceremonias civiles y actos religiosos

Queda también reducido al 70 % el aforo en las salas de velatorio, entierros, ceremonias fúnebres y otras ceremonias.

Ocio

  • En los parques de atracciones se establece un aforo del 70 %.
  • En los espacios interiores de parques infantiles se limita el aforo al 50 %.
  • El ocio educativo se mantiene sin restricciones. Deben garantizarse las medidas establecidas en los planes sectoriales.

Horario de cierre

  • Todos los establecimientos abiertos al público tendrán que cerrar como muy tarde a la una de la madrugada.
  • Pueden superar esta limitación en 30 minutos si se dedican a la limpieza del local.

Recomendaciones

  • Garantizar la distancia, la ventilación de interiores y la higiene de manos.
  • Evitar los espacios con aglomeraciones.
  • Evitar viajar en hora punta si no es por una actividad esencial.
  • Fomentar el teletrabajo en la medida de lo posible.
  • Celebrar congresos y otros acontecimientos profesionales telemáticamente.
  • Dar las clases de academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada telemáticamente.