El decreto también señala las fechas en las que tendrá lugar la campaña electoral, que “tendrá una duración de quince días, empezando a las 0.00 horas del viernes 12 de mayo y finalizando a las 24.00 horas del viernes 26 de mayo”.
Con la entrada en vigor del decreto, se inicia el periodo electoral. Según la Ley orgánica del régimen electoral general (LOREG), los siguientes pasos y las fechas señaladas son:
- Del 5 al 15 de abril: se abre el plazo para que los partidos designen a sus representantes ante las juntas electorales provinciales.
- 1 de mayo: se hacen públicas las candidaturas que podrán presentarse a las elecciones, que se publican al día siguiente en los boletines provinciales.
- Del 8 al 24 de mayo: se puede realizar el voto por correo, que se tendrá que haber solicitado previamente.
- Del 12 al 26 de mayo: campaña electoral.
- 27 de mayo: jornada de reflexión.
- 28 de mayo: día de las elecciones.
Una vez la ciudadanía haya votado a lo largo del día de las elecciones, las siguientes fechas señaladas tienen lugar durante el mes de junio:
- 3 de junio: finaliza el escrutinio oficial que llevan a cabo las juntas electorales de zona.
- 4 de junio: empieza el plazo para la proclamación de electos por parte de las juntas electorales.
- 17 de junio: se constituye el ayuntamiento y se elige la alcaldía.