Concretamente, se corregirán las infracciones relacionadas con los estacionamientos inadecuados, las distracciones durante la conducción, no respetar la luz roja del semáforo o los pasos de peatones y, en general, las que comporten una circulación de riesgo y conflictos de seguridad vial con el resto de usuarios y usuarias en las aceras y en las calzadas.
Con respecto a la normativa vigente, las personas usuarias de este tipo de vehículos deben recordar lo siguiente:
- Los VMP son catalogados como vehículos y, por lo tanto, no pueden circular por las aceras o las zonas de peatones.
- Hay que evitar las distracciones, y está prohibido mirar el móvil o manipular otros dispositivos electrónicos mientras se conduce.
- Hay que reducir la velocidad y extremar las precauciones en los pasos de peatones, para evitar situaciones de conflicto.
- La edad mínima para conducir un VMP o un ciclo de más de dos ruedas es de 16 años (en caso de transportar a personas con un dispositivo homologado, hay que ser mayor de edad).
- La contratación de un seguro de responsabilidad civil ante terceros es obligatoria en caso de que se desarrolle una actividad comercial. Para uso personal también se recomienda tener seguro.
La mejora de la seguridad vial se enmarca en los ejes estratégicos del Plan de movilidad urbana vigente. Las víctimas de los siniestros de tráfico son evitables, debemos tomar conciencia de ello para que todos los efectivos se impliquen cada vez más en conseguir llegar a los objetivos de reducir un 50 % el número de lesionados graves y muertes, tal como indica la Estrategia de seguridad vial 2030, con el horizonte de cero víctimas mortales en el año 2050.
Según el último balance de siniestralidad, en el 2023 la implicación de los VMP en los siniestros viales se redujo un 10,8 % con respecto al 2022. A pesar de ello, el número de heridos graves de los colectivos de conductores y pasajeros de vehículos de motor de dos ruedas, ciclistas, VMP y peatones supone el 92 % del total de heridos graves.