Bodas civiles
Para contraer un matrimonio civil, la autoridad competente en el Ayuntamiento de Barcelona es el alcalde o alcaldesa, que, al mismo tiempo, delega esta función en los concejales y las concejalas.
La ceremonia tiene lugar en la sede del Distrito, plaza de la Vila de Gràcia 2, en la sala de actos, que tiene un aforo para cien personas y que está adaptada para personas con movilidad reducida. El tiempo aproximado de la ceremonia es de quince a veinte minutos.
¿Qué días se celebran las bodas?
Las bodas se celebran un viernes de cada mes, entre las 16 y las 19 horas de la tarde, excepto el mes de agosto, que no se hacen.
Hay una previsión de fechas en este calendario, solo a efectos de consulta.
En primer lugar, hay que iniciar el expediente de matrimonio civil. Este documento se expide únicamente en el Registro Civil de la ciudad donde está empadronado uno o los dos miembros de la pareja.
En segundo lugar, hay que solicitar la fecha de celebración de la boda civil. Los trámites se pueden hacer por internet, y también presencialmente, con cita previa, en las oficinas de atención ciudadana.
En breve recibiréis la respuesta de la disponibilidad, según el calendario de reservas del Distrito. Para poder hacer la reserva, es imprescindible presentar toda la documentación solicitada.
Una vez hecho el trámite, nos pondremos en contacto con vosotros para concretar día y hora para una reunión y entrevista por teléfono o correo electrónico, y os facilitaremos más información de la organización de la ceremonia.
La sala está dotada con equipos de megafonía y de reproducción de música de libre uso por parte de la pareja contrayente (sin coste). El Distrito dispone de diferentes piezas musicales preestablecidas. En caso de que los contrayentes quieran alguna música concreta, tendrán que hacerla llegar en formato MP3 en un lápiz USB la semana antes del día de la boda.
Dispone de proyector, televisión y equipo de sonido. También cuenta con aire acondicionado y calefacción.
El Distrito no dispone de servicio de fotografía o vídeo. Si los contrayentes quieren este servicio, deberán gestionarlo y asumir el coste.
La sala estará debidamente adornada con flores. Se hace responsable de ello el propio Distrito.
Sin embargo, los contrayentes pueden solicitar, a su cargo, una decoración floral concreta. Los contrayentes son entonces responsables de la colocación y retirada de la decoración floral, de modo que no condicione la celebración de las otras bodas que se celebren el mismo día.
No está permitido el estacionamiento de ninún coche en la puerta de la sede del Distrito ni en todo el ámbito de la plaza de la Vila de Gràcia.
Recomendamos que se informen sobre los aparcamientos y el transporte público existente en la zona.