En Barcelona lo tenemos claro: la vivienda es un derecho de todos y todas. Debe ser así para garantizar una vida digna a todo el mundo. Por este motivo, el Ayuntamiento de Barcelona trabaja intensamente para implementar una política de vivienda que atienda a la situación actual de emergencia y que actúe sobre las causas concretas que hacen difícil acceder a un hogar en la ciudad.
A continuación le presentamos quince preguntas y respuestas para resolver las dudas más frecuentes sobre la vivienda protegida y cómo acceder a este servicio.
1. ¿Qué es una Vivienda en régimen de Protección Oficial (VPO)?
Son viviendas asequibles para los grupos de población con dificultades para acceder a una vivienda en el mercado libre. Las viviendas de protección oficial cumplen los requisitos que establece la normativa vigente y han obtenido la calificación definitiva por parte de la Generalidad de Cataluña. El precio de venta o alquiler de las viviendas, en cualquier régimen, será el que se fije en la misma calificación definitiva.
2. ¿Quién es el encargado de realizar viviendas de régimen de VPO?
La mayoría de viviendas en régimen de protección oficial se promueven a través del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona, el ente encargado de impulsar la construcción de vivienda pública, gestionar el parque de vivienda disponible y promover políticas de vivienda sostenible como la rehabilitación de pisos y edificios. También pueden promover la construcción de VPO los promotores privados.
3. Actualmente, ¿a qué tipos de VPO se puede acceder a la ciudad de Barcelona?
Actualmente, en la Ciudad de Barcelona, podemos optar por VPO en régimen de venta, alquiler, alquiler con opción a compra, Derecho de superficie y Viviendas dotacionales para jóvenes de hasta treinta y cinco años.
4. ¿Qué son las viviendas dotacionales para jóvenes?
Son viviendas de alquiler en régimen de Protección Oficial para jóvenes de hasta treinta y cinco años en el momento de la solicitud (todas las que quieran vivir en la vivienda). El alquiler se rige por la LAU y tendrá una duración de cinco años. Se debe cumplir nivel de ingresos mínimos establecido en las bases y el precio del alquiler dependerá de su calificación.
5. ¿Cuál es el límite de ingresos para acceder a una VPO?
Para acceder a un VPO, es necesario acreditar unos ingresos anuales, conjuntamente con los de tu unidad de convivencia (UC), que no superen los establecidos en la normativa aplicable en la modalidad escogida en el momento de presentar la solicitud. Esta información se puede obtener en las bases de la correspondiente convocatoria
6. ¿Cómo puedo acceder a las viviendas en régimen de protección oficial?
Para optar a una vivienda en régimen de Protección Oficial en Barcelona es necesario estar inscrito en el Registro de solicitantes de viviendas de protección oficial de Barcelona.
7. ¿Qué es el Registro de solicitantes de vivienda con régimen de protección oficial de Barcelona (RSHPO BCN)?
Es un registro único en el que deben inscribirse todas las personas que deseen optar a una vivienda de protección oficial en la ciudad de Barcelona.
Este registro, previsto en la Ley del derecho a la vivienda y desarrollado por el Consorcio de la Vivienda de Barcelona, de acuerdo con las competencias que le atribuye la Carta Municipal, tiene como finalidad:
- Facilitar y agilizar los procesos de adjudicación y transmisión de viviendas protegidas.
- Garantizar la máxima transparencia de todos los procesos.
- Informar de la demanda real de viviendas protegidas de Barcelona.
8. ¿Cómo se puede realizar la inscripción en el RSHO BCN?
Para inscribirse, es necesario formalizar la solicitud en modelo oficial, que puede rellenarse mediante los siguientes canales:
- Por Internet, a través del portal del Consorcio de vivienda de Barcelona.
El impreso de solicitud a rellenar está disponible en la sección “Solicitud de inscripción” de este mismo portal web. La solicitud comienza a rellenarse con la introducción del nombre, los apellidos, el dirección de correo electrónico y la contraseña de acceso. Tras este paso, se pasa a rellenar el resto de información, por apartados:– Datos del solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia
– Ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia
– Tipología de la vivienda que desea solicitar
– Datos de la vivienda actual - En el teléfono de información 010. Un agente le rellenará la solicitud
A través del número de teléfono 010, es posible solicitar que se cumplimente la solicitud de inscripción en el Registro. Un agente le pedirá los datos necesarios y rellenará la solicitud:– Datos del solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia
– Ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia
– Tipología de la vivienda que desea solicitar
– Datos de la vivienda actúa
9. ¿Cuáles son los requisitos de inscripción en el RSHPO BCN?
Para poder inscribirte en el RSHPO BCN tendrás que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad o menor legalmente emancipado.
- Estar empadronado en la ciudad de Barcelona. En el caso de unidades de convivencia de más de un miembro, esta condición se exigirá a la persona que constituya el principal solicitante.
- Ningún miembro de la unidad de convivencia puede ser propietario de una vivienda, en los términos que especifica el Reglamento del Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial de Barcelona, en lo que se refiere a la necesidad de vivienda.
- No superar el límite de ingresos máximos que establece la normativa para cada caso.
- Las personas o unidad de convivencia que sean o hayan sido beneficiarias de viviendas de protección oficial de alquiler pueden inscribirse en el Registro para solicitar otras modalidades de vivienda de protección oficial, transcurrido un período mínimo de un año desde la fecha de firma del contrato de alquiler.
- No encontrarse en las circunstancias de exclusión previstas en el Reglamento del Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial de Barcelona.
- No hallarse incapacidad para obligarse contractualmente, de acuerdo con el derecho civil de Cataluña.
10. ¿Cuándo existe la necesidad de vivienda?
Existe la necesidad de vivienda cuando no se cumple uno de los siguientes supuestos:
- Dispone de una vivienda de protección, en los términos especificados en el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda de protección oficial.
- Dispone de una vivienda libre adecuada, cuyo precio supera el 60% del valor de una vivienda en venta, en régimen general de 70 m2, en la ciudad de Barcelona.
- Tiene bienes patrimoniales de cualquier tipo, cuyo valor supera el precio de una vivienda de venta, en régimen general de 70 m2, en la ciudad de Barcelona.
- En ambos casos, se atenderá a los casos incluidos en el reglamento por el que se regula el registro.
Hay casos en los que hay necesidad de vivienda, aunque ya se posee uno. Se pueden consultar estos casos en el siguiente enlace.
11. ¿La inscripción en el RSHPO BCN debe ser individual?
Te puedes inscribir en el RSHPO BCN como solicitante único, pero también puedes hacerlo conjuntamente con una unidad de convivencia (UC), es decir con el conjunto de personas con las que vivirás en la vivienda. Sólo la persona solicitante necesitará cumplir el requisito de estar empadronada en Barcelona.
12. ¿Es posible inscribirse en el RSHPO BCN como solicitante de VPO y al mismo tiempo como miembro de una unidad de convivencia de otro solicitante?
No. Si la misma persona consta inscrita en dos solicitudes, sólo tendrá validez la última inscripción.
13. ¿La inscripción es válida para siempre?
La inscripción en el Registro de solicitantes de vivienda de protección oficial de Barcelona tendrá una duración de un año. En la resolución administrativa que acuerde su inscripción se hará constar expresamente la fecha de finalización del plazo de vigencia de la inscripción. Si quieres continuar inscrito en el RSHPO BCN, tendrás que renovar la inscripción antes de la fecha de finalización del plazo de vigencia.
14. ¿Estar inscrito en el RSHPO BCN implica recibir notificaciones de las convocatorias?
No. El RSHPO BCN sólo envía comunicaciones por escrito al momento de adjudicar una vivienda.
15. ¿Dónde se pueden consultar las convocatorias?
Se pueden consultar todas las convocatorias en la web del Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Barcelona y en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Para tener toda la información para acceder a una vivienda de protección oficial y la orientación necesaria se puede solicitar cita previa con la Asesoría de Vivienda compartida para jóvenes a través de cualquiera de los Puntos infoJOVE de la ciudad. El asesoramiento es totalmente gratuito sobre éste y otras dudas en torno a la vivienda.