El martes 8 de octubre, Consejo Plenario del Distrito de Sant Andreu

25/09/2024 - 14:40

La sesión será presencial y podrá seguirse desde la sede del Distrito (plaza Orfila, 1) o desde la web. Empezará a las 18.00 horas.

La ciudadanía puede presentar preguntas relacionadas con los puntos C y D del orden del día. Las direcciones de los formularios para intervenir son las siguientes:

Pueden presentarse las intervenciones hasta 24 horas antes del inicio del pleno. Para seguir la sesión, puede clicar aquí y acceder al enlace Youtube, que emite en directo.

El Consejo

El Consejo Plenario es el órgano de representación y participación colectiva del distrito. La presidencia recae en un concejal o concejala, nombrado por el alcalde o la alcaldesa, y está constituido por consejeros y consejeras en una representación proporcional a los resultados electorales del territorio que representa.

Los consejeros o consejeras de distrito los proponen directamente los grupos políticos electos y son nombrados por el alcalde o la alcaldesa. El número de miembros de cada grupo político debe ser proporcional a los resultados obtenidos en el distrito en las elecciones municipales para cada uno de los partidos o coaliciones que se hayan presentado en el territorio de cada uno de los distritos y que hayan obtenido un mínimo del 5% de los votos del distrito correspondiente.

Sus principales funciones son informar sobre proposiciones, así como proponer planes y programas sobre temáticas que afecten al territorio. Aprueban la distribución del gasto asignado al Distrito y el Plan de actuación municipal de distrito (PAD).

El Consejo del Distrito de Sant Andreu está formado por los siguientes miembros:

  • La presidencia del Consejo
  • Diecinueve consejeros y consejeras
  • El concejal o la concejala del Distrito
  • Los concejales y las concejalas adscritos

El concejal o concejala de distrito y los concejales o concejalas adscritos actúan con voz y sin voto. También pueden asistir, con voz y sin voto, el o la gerente del Distrito o cualquier otra persona cuando sea requerida para facilitar la presentación de los puntos del orden del día. El jefe o jefa de la Secretaría Jurídica del Distrito actúa de secretario o secretaria.

Se reúne en sesión ordinaria, abierta a todo el mundo, cada dos meses.