Con esta finalidad, se controlarán aquellas conductas que comporten una circulación de riesgo, así como los estacionamientos inadecuados y las distracciones durante la conducción; con especial cuidado y denuncia de las infracciones que pongan en peligro la integridad de los peatones.
Entre otras infracciones, se pondrá énfasis en las que tengan relación con el hecho de no respetar la luz roja de los semáforos, los pasos de peatones semaforizados y no semaforizados, y el derecho de los peatones a circular con seguridad por las aceras.
En toda la ciudad, y prioritariamente en el frente litoral, se prestará especial atención a los ciclos de más de dos ruedas (con o sin pedaleo asistido) que ofrezcan servicio de transporte de viajeros (C1-Trixis) con contraprestación económica sin licencia.
También será un objetivo de esta campaña la inspección administrativa de los locales y establecimientos dedicados al alquiler de VMP de actividad económica.
Normativa de uso de los VMP
Entre otras obligaciones, las personas usuarias de este tipo de vehículos deben recordar lo siguiente:
- Los VMP están catalogados como vehículos y, por lo tanto, no pueden circular por las aceras o las zonas de peatones.
- Un VMP no puede circular en ningún caso a más de 25 km/hora.
- No está permitido conducir VMP utilizando auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido ni utilizando dispositivos de telefonía móvil.
- La edad mínima para conducir un VMP o un ciclo de más de dos ruedas es de 16 años (en caso de transportar personas con un dispositivo homologado, hay que ser mayor de edad).
- La contratación de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros es obligatoria en el caso de desarrollarse una actividad comercial.