En este caso, y en virtud de la potestad reglamentaria de las entidades locales, se pretende crear un cuerpo normativo que regule adecuadamente mediante una ordenanza no fiscal, el establecimiento de unas prestaciones patrimoniales públicas no tributarias relativas al servicio de desarrollo de conductas porta óptica en el interior del alcantarillado. De este modo, se ampliará el gravamen de las diferentes manifestaciones de utilización privativa o aprovechamiento especial para este tipo de empresas que se dedican al desarrollo de fibra óptica en el subsuelo público municipal.
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