Tramitación de la Ordenanza para prestaciones patrimoniales de caràcter público no tributario del servicio de desarrollo de conductos porta fibra óptica en el interior del alcantarillado

En este caso, y en virtud de la potestad reglamentaria de las entidades locales, se pretende crear un cuerpo normativo que regule adecuadamente mediante una ordenanza no fiscal, el establecimiento de unas prestaciones patrimoniales públicas no tributarias relativas al servicio de desarrollo de conductas porta óptica en el interior del alcantarillado. De este modo, se ampliará el gravamen de las diferentes manifestaciones de utilización privativa o aprovechamiento especial para este tipo de empresas que se dedican al desarrollo de fibra óptica en el subsuelo público municipal.

Los objetivos más relevantes que debe regular la propuesta normativa tienen que ver con:

  • La determinación de las tarifas correspondiente a los trabajos de planificación, diagnóstico de la viabilidad de tendido de conductos por el interior del alcantarillado, y redacción de proyecto para el tendido de conductos portadores de fibra óptica entre los puntos solicitados por el operador de comunicaciones, en base a las características conocidas del alcantarillado, el funcionamiento hidráulico del mismo, el grado de ocupación por conductos porta ya existentes, y las posibles actuaciones futuras en el alcantarillado previstas en el Plan Director de alcantarillado.
  • El establecimiento de un sistema tarifario independiente del número de conductos a proyectar, y sin incrementos por la realización de proyectos de dimensión reducida.
  • La determinación de la tarifa correspondiente a la redacción del proyecto constructivo.