De acuerdo con la normativa aplicable, el Consejo municipal puede asignar a los grupos políticos municipales una dotación económica, con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento, que debe contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos y otro variable, en función del número de miembros de cada grupo. La distribución de los componentes fijos y variables de estas dotaciones se regula en las bases de ejecución del presupuesto municipal.
El Ayuntamiento reguló la rendición de cuentas por parte de los grupos políticos municipales en relación con estas aportaciones mediante el Acuerdo del Consejo municipal relativo a las aportaciones económicas a los grupos municipales del Ayuntamiento de Barcelona. Este acuerdo es de aplicación a partir de la constitución del nuevo consistorio resultante de las elecciones municipales de 2019. La sesión de constitución de la nueva corporación municipal del Ayuntamiento de Barcelona se celebró el 15 de junio de 2019.
En cumplimiento del acuerdo, se publican el informe anual de control de la intervención municipal sobre la justificación de los gastos de los grupos municipales constituidos en esa sesión, así como la documentación justificativa objeto de publicidad en relación con el año 2019.
Aportaciones económicas
Las bases de ejecución del presupuesto municipal disponen que la partida correspondiente a la aportación del Ayuntamiento a los grupos políticos municipales se les entregará trimestralmente distribuida de la siguiente manera:
a) Una primera parte se contará por grupo, a razón de 1.087,00 euros trimestrales multiplicados por el número de consejeros de distrito del que este disponga.
b) Del resto, un 50 % se distribuirá proporcionalmente al número de concejales adscritos a cada grupo.
c) El otro 50 % restante se distribuirá a partes iguales entre los distintos grupos políticos municipales.
Justificación de las aportaciones
Los grupos municipales deben justificar, durante el primer semestre de cada ejercicio presupuestario, el destino de las aportaciones recibidas por parte del Ayuntamiento durante el ejercicio anterior. La justificación debe incluir la relación detallada de los gastos, así como las facturas y/o justificantes, o bien, en caso de que el grupo aporte todo o parte de estos fondos a su respectivo partido político, es necesario presentar el convenio de colaboración con el partido, así como una certificación del responsable de la gestión económico-financiera del partido sobre el destino de las aportaciones.
La intervención general del Ayuntamiento procederá al control de estas subvenciones, emitiendo un informe anual que formará parte, como anexo, de la Cuenta General del Ayuntamiento.
El Acuerdo del Consejo Municipal dispone que el informe y los gastos sean publicados en el Portal de transparencia.
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Gastos justificados por los grupos políticos
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Grupo Municipal de Esquerra Republicana
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Grupo Municipal de Barcelona en Comú
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Grupo Municipal del Partit dels Socialistes de Catalunya (Compromís per Barcelona – Units – Candidatura de Progrés PSC-CP)
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Grupo Municipal de Junts per Catalunya
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Grupo Municipal de Ciutadans-Cs
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Grupo Municipal del Partido Popular
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Grupo Municipal de Barcelona pel Canvi