Justificación de los gastos realizados por los grupos políticos municipales con cargo a las aportaciones económicas recibidas del Ayuntamiento en el primer semestre de 2023

De acuerdo con la normativa aplicable, el Consejo Municipal puede asignar a los grupos políticos municipales una dotación económica, con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento, que debe tener un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función del número de miembros de cada grupo. La distribución de los componentes fijos y variables de estas dotaciones se regula en las bases de ejecución del presupuesto municipal.

El Ayuntamiento reguló la rendición de cuentas por parte de los grupos políticos municipales respecto de estas aportaciones mediante el Acuerdo del Consejo municipal relativo a las aportaciones económicas a los grupos municipales del Ayuntamiento de Barcelona.

En cumplimiento del acuerdo, se publican el informe anual de control de la intervención municipal sobre la justificación de los gastos de los grupos municipales constituidos en aquella sesión, así como la documentación justificativa objeto de publicidad.

Dado que el 17 de junio de 2023 se celebró la sesión de constitución de la nueva corporación municipal del Ayuntamiento de Barcelona para el mandato 2023-2027, con la constitución de nuevos grupos políticos municipales, en esta página se publica la documentación correspondiente a los grupos municipales de la corporación para el mandato 2019-2023 para el período entre el 1 de enero de 2023 y el 16 de junio de 2023.

La información sobre las aportaciones a los grupos municipales de la corporación para el mandato 2023-2027, para el período entre el 17 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, se puede consultar en este enlace.

Aportaciones económicas

Las bases de ejecución del presupuesto municipal disponen que la partida correspondiente a la aportación del Ayuntamiento a los grupos políticos municipales se les entregará trimestralmente distribuida de la siguiente forma:

a) Una primera parte se contará por grupo, a razón de 1.087,00 euros trimestrales multiplicados por el número de consejeros de distrito de que este grupo disponga.
b) Del resto, un 50% se distribuirá proporcionalmente al número de concejales adscritos a cada grupo.
c) El otro 50% restante se distribuirá a partes iguales entre los distintos grupos políticos municipales.

Justificación de las aportaciones

Los grupos municipales deben justificar, durante el primer semestre de cada ejercicio presupuestario, el destino de las aportaciones recibidas por parte del Ayuntamiento durante el ejercicio anterior. La justificación debe incluir la relación detallada de los gastos así como las facturas o justificantes, o bien, en caso de que el grupo aporte todo o parte de estos fondos a su partido político respectivo, es necesario presentar el convenio de colaboración con el partido, así como una certificación del responsable de la gestión económico-financiera del partido sobre el destino de las aportaciones.

La Intervención General del Ayuntamiento realizará el control de estas subvenciones, emitiendo un informe anual que formará parte, como anexo, de la cuenta general del Ayuntamiento.

El Acuerdo del Consejo municipal dispone que el informe y los gastos sean publicados en el Portal de transparencia.