Tramitación de la modificación de la Ordenanza Fiscal 2.2 reguladora del recargo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos para el ejercicio 2024 y sucesivos

La ciudad de Barcelona recibe desde hace décadas un flujo creciente de personas visitantes, que llegan a suponer una población flotante de unas 154.000 personas de media, un 9,6% adicional en la población residente. Esta realidad, que se caracteriza, además, por una concentración territorial muy marcada en algunos barrios, representa para el Ayuntamiento un exceso de coste en el gasto de algunos servicios públicos, que los fondos procedentes del Impuesto de Estancias en Establecimientos Turísticos contribuye a paliar.

A la vez, estos fondos se destinan también a mejorar y diversificar la oferta turística, y a promover un modelo de turismo responsable y sostenible. Un conjunto de objetivos que se valora que hay que fortalecer con un incremento de recursos económicos que provendrán de la aplicación del recargo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

Aprovación provisional

La modificación de la Ordenanza Fiscal 2.2 reguladora del recargo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos para el ejercicio 2024 y sucesivos fue aprobada provisionalmente por el Plenario del Consejo Municipal, en sesión de fecha 26 de julio de 2024.

Información pública

El Plenario del Consejo Municipal, en su sesión celebrada el día 26 de julio de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal 2.2 reguladora del recargo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos para el ejercicio 2024 y sucesivos, y someterla a información pública durante un periodo de 30 días, en conformidad con lo que dispone el artículo 112 del Reglamento Orgánico Municipal.

El expediente permanece expuesto al público para su consulta desde el 30 de julio hasta el 10 de septiembre de 2024, periodo durante el cual se pueden formular reclamaciones.