No se deberá presentar documentación de los criterios alegados si el Ayuntamiento les puede comprobar directamente o interoperando con la Generalitat.
En consecuencia, las familias que sólo aleguen el domicilio y//o la posesión de los carnés de familia numerosa o de discapacidad emitidos por la Generalitat de Cataluña podrán hacer la inscripción totalmente telemática y no deberán presentar esta documentación ya que la Ayuntamiento podrá comprobar esta información.
Las familias que aleguen situaciones que no pueden ser comprobadas directamente por la administración deberán presentar la documentación acreditativa por correo electrónico al correo de la escola bressol o guarderías elegida en primera opción
Para más información consulte "criterios a efectos de baremo y documentación acreditativa" en esta web.