El Consorcio de la Vivienda de Barcelona ha abierto la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades gestoras de viviendas del mercado privado para acoger a personas en situación de emergencia económica y social, y en riesgo de exclusión residencial. Se destinarán 24 millones de euros entre 2024 y 2027 (6 millones de euros cada año).
Es la primera vez que se convocan estas ayudas, que sustituyen a los antiguos convenios con las entidades. El objetivo es dar un impulso y aumentar el número de viviendas sociales en la ciudad para ofrecer una solución a la ciudadanía que no tiene acceso a una vivienda digna o que está en riesgo de perderla.
Las beneficiarias de estas subvenciones son entidades sin ánimo de lucro que son propietarias o titulares de una vivienda que hayan puesto a disposición de la Mesa de Emergencia de Barcelona o del Servicio ‘Primero el hogar’. Las bases reguladoras contemplan las siguientes excepciones:
- Viviendas de titularidad pública administradas o gestionadas por la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona u otras entidades públicas.
- Cuando el propietario esté obligado a ofrecer:
- Un alquiler social con relación a la vivienda, de acuerdo con la actual normativa.
- Un contrato de arrendamiento u otra obligación de derecho público fundamentada en el interés general a las personas ocupantes de una vivienda que se encuentre en riesgo de pérdida.
Para Joan Ramon Riera, comisionado de Vivienda del Ayuntamiento de Barcelona, “permite llevar 450 viviendas del mercado privado al parque público a la vez que hace posible atender a las familias más vulnerables que lo requieren”.
Las solicitudes deben presentarse en impreso normalizado, debidamente formalizadas y firmadas por la/s entidad/es solicitante/s de la subvención. Además, deberá aportarse una relación normalizada de las viviendas que pongan o hayan puesto a disposición de la Mesa de Emergencia de Barcelona o del Servicio ‘Primero el hogar’ así como una declaración responsable, según modelo normalizado y debidamente firmada, mediante la cual se acredite el cumplimiento por parte de los solicitantes de los requisitos previstos en las bases reguladoras.
Las entidades gestoras que obtengan la ayuda recibirán:
- Una subvención para el pago de la diferencia entre el canon o renta de las viviendas y la renta que deberían abonar las unidades de convivencia, según los importes fijados en las bases reguladoras.
- Una subvención para cubrir los gastos de gestión y mantenimiento de las viviendas, según los importes establecidos en las bases reguladoras.
Los requisitos, las incompatibilidades y toda la información sobre qué documentación debe presentarse se pueden consultar en las bases reguladoras.
Las entidades interesadas pueden presentar la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2024 a las 14:30 h (el plazo de admisión de solicitudes de las subvenciones se podrá cerrar en una fecha anterior en función de las disponibilidades presupuestarias).