A qué candidatos o candidatas puede votar?
Puedes votar las personas representantes de tu sector de discapacidad. Si tienes más de una discapacidad puede votar más de una persona, una por cada sector de discapacidad.
Enlace para conocer las candidaturas definitivas, clasificadas por sector de discapacidad.
¿Qué debes hacer para votar?
Del 1 al 16 de junio, ambos inclusive, se votará por internet a través de la web de las Elecciones 2021 del Consejo Rector del IMPD.
Durante este periodo en la Sede del Distrito (Ronda Guinardó, 49) habrá un punto de apoyo a la votación abierto de lunes a viernes, de 10 a 14 h, y jueves, de las 16 a las 19.30 h. Puedes pedir información, cita previa o solicitar servicio de interpretación en lengua de signos a través del correo electrónico eleccionsIMPD@bcn.cat (con dos días laborables de antelación).
En el punto de apoyo a la votación, habrá una persona que te informará de cualquier duda que tengas sobre las elecciones y te apoyará para inscribirte o para votar por internet, tanto con tu tableta, con el móvil o con el ordenador del punto de apoyo.
Del 17 al 19 de junio, ambos inclusive, se votará de manera presencial con papeleta. El punto de votación será en el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD): c. Valencia, 344, planta baja y primera planta. Hora: de las 10 a las 18 h.
Requisitos para poder votar
Para votar tienes que cumplir los requisitos siguientes:
- Tener reconocimiento legal de la situación de discapacidad.
- Las personas en situación de trastorno de salud mental que no tengan el reconocimiento legal de la situación de discapacidad, deben tener un diagnóstico psiquiátrico o un documento que acredite que son atendidas en un servicio de rehabilitación psicosocial o en algún otro servicio de salud mental.
- Estar empadronado o empadronada en Barcelona.
- Estar inscrito o inscrita en el censo electoral, en el tipo de discapacidad o discapacidades en que quieres votar.
Hay tiempo de inscribirse en el censo hasta el 18 de junio. Cada ciudadano se puede inscribir en el censo o censos en los que tiene derecho a votar.