Concretamente la nueva resolución, con la restauración se puede servir a las mesas con una franja ininterrumpida, de las seis de la mañana a las doce de la noche. Con respecto al aforo, se amplía hasta el 50 % en espacios interiores, que deben estar siempre bien ventilados. Debe garantizarse una distancia mínima de 2 metros, debidamente señalizada, entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. En el caso de las terrazas, el aforo es del 100 %, y se tienen que garantizar también los 2 metros de distancia. El consumo se tiene que hacer siempre en la mesa o en la barra, que pasa a estar permitido.
Otra de las novedades es que el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas pasa de cuatro a seis, a menos que pertenezcan a la burbuja de convivencia. Además, debe garantizarse la distancia de 1 metro entre personas de una misma mesa, excepto si pertenecen a la misma burbuja de convivencia. El tipo y el tamaño de las mesas deben permitir garantizar estas distancias. Hay que recordar que todas estas condiciones se aplican también a los establecimientos de restauración integrados en centros, galerías o recintos comerciales.