Movilidad
- Desde el 9 de mayo se permite la movilidad para entrar y salir de Cataluña, y finaliza el toque de queda nocturno.
- Se limitan los encuentros y reuniones sociales a un máximo de seis personas.
Centros de trabajo
- Se recomienda limitar al máximo la movilidad de las personas trabajadoras, priorizar el trabajo a distancia y favorecer la flexibilidad horaria.
Comercios
- Aforo limitado al 30 %.
- Los comercios y centros comerciales pueden abrir durante toda la semana y sin límite de superficie.
- En los centros comerciales también pueden abrir los locales de restauración. Se mantienen cerradas las zonas recreativas y las áreas de juego infantil.
- Se establecen las 22.00 horas como hora máxima de cierre.
- Los mercados no sedentarios y las ferias de mercado quedan limitados a un 30 % del aforo.
Actividad deportiva
- Los equipamientos deportivos pueden abrir con un 50 % del aforo, con el servicio de vestuarios, pero se solicita que se haga un uso responsable de ellos.
- Las actividades deportivas grupales en espacios cerrados están permitidas con un 30 % del aforo, y el aforo de las piscinas es del 50 %.
- Se puede practicar deporte al aire libre, sin limitación de personas.
- Se permiten todas las competiciones deportivas federadas. Desde el 26 de abril, la asistencia de público solo se permite limitando el aforo al 50 % en instalaciones y equipamientos tanto al aire libre como en espacios cerrados, excepto en las competiciones estatales e internacionales.
- Estas limitaciones no afectan a los centros de tecnificación y rendimiento deportivo ni a las instalaciones y equipamientos deportivos profesionales.
- Cierre a las 23.00 horas como máximo.
Restauración
- Se permite el consumo en las mesas del establecimiento hasta las 23.00 horas ininterrumpidamente.
- Aforo interior del 30 %, con una ventilación adecuada, y del 100 % en las terrazas.
- Máximo de cuatro personas por mesa, excepto si son convivientes.
- Distancia de 2 metros entre mesas.
Cultura
- Los teatros, cines, auditorios, salas de conciertos y circos pueden abrir con un aforo del 50 % y un máximo de 500 personas, ampliable a 1.000 personas por actuación, sentadas y con registro previo, si se cumplen las condiciones de ventilación reforzada y se establece un control de las aglomeraciones.
- En las bibliotecas, los museos, los archivos, las salas de exposiciones y las galerías de arte el aforo es del 50 %.
- Se permite la celebración de actividades extraordinarias, como galas, ceremonias de entrega de premios y festivales, con un aforo del 50 %.
- Se permiten las actividades de cultura popular y tradicional, tanto al aire libre en un espacio delimitado y estático, como en espacios cerrados, y con un aforo del 50 %. Los asistentes deben estar sentados, y se establecerán requisitos de aforo según las condiciones de ventilación y de control de accesos y movilidad de la actividad.
- Cierre a las 23.00 horas como máximo.
- Los equipamientos cívicos pueden hacer actividades presenciales con un aforo del 50 % y en espacios bien ventilados.
Educación y ocio infantil y juvenil
- A partir del 9 de mayo se permite la presencialidad en todos los estudios reglados.
- Se permiten las actividades extraescolares y de ocio educativo siempre con grupos de seis niños como máximo, respetando las medidas establecidas y priorizando las actividades al aire libre.
- Se permiten las salidas escolares con pernoctación fuera de la misma comarca, respetando los grupos burbuja de las escuelas.
- Los centros lúdicos y los parques infantiles en espacios interiores pueden reabrir con un aforo máximo del 30 %. El servicio de bar y restaurante en estos espacios se mantendrá cerrado.
Actos religiosos y ceremonias civiles
- Aforo del 50 % de la capacidad de los espacios, con un máximo de 500 personas. En espacios al aire libre o cerrados, se podrá ampliar la capacidad a un máximo de 1.000 personas, sin superar el aforo del 50 %, si se cumplen las medidas de ventilación reforzada, de calidad del aire y de los accesos.
Actividades relacionadas con el juego
- Las salas de juego, casinos y salas de bingo pueden reabrir con el aforo limitado al 30 % y un máximo de 100 personas, garantizando la ventilación mínima establecida. Si, además, cumplen determinadas condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas y garantizan medidas de control de aglomeraciones, podrán abrir, respetando el límite del aforo al 30 %, con un máximo de 250 personas.
Transporte público
- El servicio se mantiene al 100 %, así como la oferta de hora punta entre las 6.00 y las 9.00 horas los días laborables. Servicio de metro, entre las 5.00 y las 00.00 horas.
Parques y jardines
- El 3 de mayo se reanuda el horario habitual de los parques, jardines y parques infantiles, y el aforo se limita al 50 %.
Congresos, convenciones, ferias comerciales y fiestas mayores
- Queda suspendida su celebración presencial.
Locales y establecimientos de ocio nocturno
- Los locales de ocio nocturno se mantienen cerrados.
Parques y ferias de atracciones
- Desde el 9 de mayo los parques de atracciones pueden reabrir, con un aforo del 30 %.
Medidas de prevención sanitarias
En todos los espacios y actividades se deberán mantener, como hasta ahora, las medidas de prevención sanitarias adecuadas y garantizar la distancia de seguridad entre las personas, así como llevar mascarilla. La Guardia Urbana velará por el cumplimiento de las medidas vigentes, y se mantendrán las sanciones en caso de incumplimiento, con un énfasis especial en la distancia de seguridad entre personas.
Toda la información, en el DOGC.