Tramitación de la modificación del Reglamento de honores y distinciones del Ayuntamiento de Barcelona

El vigente Reglamento de Distinciones y Honores del Ayuntamiento de Barcelona fue aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo Municipal de fecha 29 de junio de 2012, revocando la normativa anterior referente a las distinciones y medallas que se otorgaban desde el Ayuntamiento de Barcelona y unificando todas las distinciones y honores en un solo reglamento.

La experiencia de la aplicación del vigente Reglamento de Distinciones y Honores del Ayuntamiento de Barcelona, ​​ha permitido observar que es necesaria la modificación de algunos preceptos de Reglamento con el fin de actualizar la normativa.

La modificación del Reglamento de Distinciones y Honores del Ayuntamiento de Barcelona es necesaria para actualizar la normativa referente a las distinciones y honores que otorga el Ayuntamiento de Barcelona a la realidad vigente, dado que el transcurso de nueve años de aplicación y experiencia han permitido observar que algunos aspectos requieren de una actualización normativa.

Consulta pública previa

De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se llevó a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.

La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno, pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 15 y el 29 de junio de 2021.

Aprobación del proyecto normativo

La modificación del Reglamento es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, de conformidad con los artículos 16 a) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.

Después de que la Comisión de Gobierno aprueba el proyecto normativo, los grupos políticos municipales que no han presentado el proyecto o no han dado su conformidad disponen de un plazo de quince días para presentar enmiendas.

  •     Sesión de 21 de octubre de 2021 de la Comisión de Gobierno

Aprobación inicial

La modificación del Reglamento fue aprobada inicialmente por la Comisión presidencia, derechos de ciudadanía, participación y seguridad y prevención, en la sesión de 15 de diciembre de 2021.

Información pública

La Comisión de Presidencia, derechos de ciudadanía, participación y seguridad y prevención acordó someter el Reglamento aprobado inicialmente a información pública durante el plazo de 30 días, en el que se pudieron presentar las alegaciones que se consideron oportunas, tal como dispone el artículo 178.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 2/2003 de 28 de abril, y el artículo 112 del Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de Barcelona.

El expediente quedó expuesto al público para su consulta desde el 29 de diciembre de 2021 hasta el 9 de febrero de 2022, período durante el cual se pudieron formular alegaciones. 

Aprobación definitiva

Incorporadas, en su caso, las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública, la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación y Seguridad y Prevención dictaminó la propuesta de aprobación definitiva, y el Reglamento se sometió al Consejo Plenario para su aprobación definitiva.