La legislación española, tal y como ha reconocido el Tribunal Supremo en diferentes sentencias, es incompleta en materia de regulación del cannabis, y existen vacíos legales que dificultan la gestión de la ciudad a partir de la coexistencia de dos derechos: 1. El derecho de las personas a asociarse, y 2. la legalidad del consumo de cannabis en el ámbito exclusivamente privado y su posesión para el autoconsumo (según la jurisprudencia mantenida por el Tribunal Supremo desde el año 1974).
Ante esta situación, la voluntad del gobierno municipal es complementar la regulación contemplada en el Plan Especial Urbanístico aprobado el 27 de mayo de 2016, sobre la ordenación territorial de los Clubes y Asociaciones de Consumidores de Cannabis en la ciudad de Barcelona, de iniciativa municipal (BOPB 10 de junio de 2016), e incorporar otros criterios desde una óptica de salud pública, ya que el consumo de cannabis puede tener repercusiones negativas para la salud.
Consulta pública previa
De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se llevó a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno, pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 24 de octubre de 2018 y el 14 de noviembre de 2018.