Tramitación de la nueva ordenanza fiscal para el establecimiento de una tasa por el mantenimiento de los servicios que presta el SPEIS del Ayuntamiento de Barcelona

En aplicación de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, los servicios prestados de Protección y Extinción de Incendios y Salvamento del SPEIS del Ayuntamiento de Barcelona se financian , en parte, por las entidades aseguradoras, ya que se acaban beneficiando de esta actividad municipal. Hasta la actualidad, esta financiación se realiza a través de un convenio con la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa).

Pero la realidad actual en la prestación de estos servicios de seguros y la casuística de las diferentes compañías aseguradoras, en un contexto de creciente protagonismo de compañías no establecidas en España, hace que el actual instrumento de financiación no se ajuste a esta realidad en coordinación con dicha patronal. De manera que mediante la potestad tributaria que confiere el RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pretende aprobar un tributo para garantizar el cumplimiento de la equidad en la prestación de los mencionados servicios, en el sentido de que todas las compañías aseguradoras terminen también financiando parte de la prestación de estos servicios de los que se acaban beneficiando.

La tramitación de la aprobación de esta nueva ordenanza fiscal ha quedado integrada en la tramitación de la aprobación para el ejercicio 2023 y sucesivos de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Barcelona, ​​las cuales fueron aprobadas por el Plenario Municipal en sesión ordinaria de 23 de diciembre de 2022.

Consulta pública previa

De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se llevó a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.

La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron adecuado, pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 15 de febrero de 2021 y el 8 de marzo de 2021.