Funcionamiento
Barcelona está organizada territorialmente en diez distritos. Los distritos municipales son los órganos descentralizados que acercan la gestión a la ciudadanía, fomentan la participación ciudadana y representan los intereses de los distintos barrios y zonas del municipio.
Su actuación debe ajustarse a los principios de eficacia, coordinación y solidaridad, con el objetivo de aplicar una política municipal orientada a la corrección de los desequilibrios y las desigualdades. Los distritos tienen autonomía, capacidad de decisión y de gestión económica.
El Consejo Municipal del Distrito de Ciutat Vella es el órgano de representación colectiva del distrito y lo integran diecisiete consejeros y consejeras nombrados por el alcalde o la alcaldesa, por designación de los partidos políticos en proporción con los resultados electorales obtenidos en los distritos en las últimas elecciones municipales.
Iniciativa para la adopción de acuerdos
La Comisión de Gobierno del Distrito dictamina o informa las iniciativas dirigidas al Consejo. Aun así, en el supuesto de mociones o de proposiciones, la encargada de considerarlo es la Junta de Portavoces.
Una vez que se ha convocado una sesión ordinaria o extraordinaria del Consejo de Distrito, la Junta de Portavoces debe reunirse como mínimo 48 horas antes de la fecha prevista de la celebración de la sesión.
Celebración de las sesiones
El Consejo de Distrito se reúne en sesión ordinaria una vez cada dos meses, y en sesión extraordinaria cuando lo solicite una cuarta parte de los miembros del Consejo.
Todas las sesiones son públicas. No obstante, el debate y la votación de aquellos asuntos que pueden afectar al derecho fundamental de la ciudadanía pueden ser secretos cuando se acuerde por mayoría absoluta de los votos computables.
La presidencia del Consejo de Distrito puede aplazar la convocatoria en casos motivados y regulados por la norma y con el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Distrito y una vez comunicado a la Junta de Portavoces.