¿Quién podrá beneficiarse de esta bonificación fiscal?
- Los comercios de alimentación, de productos de limpieza y de higiene personal que ofrezcan un mínimo de un tercio de los productos a granel o en envases reutilizables.
- Establecimientos de productos frescos que ofrezcan los productos en envases reutilizables o que acepten los envases reutilizables que lleven los clientes.
- Los establecimientos de restauración que cumplan uno de estos tres requisitos: que ofrezcan un tercio de las bebidas para llevar en vasos reutilizables o retornables, que sirvan un tercio de las bebidas para consumir en el establecimiento en envases que se puedan devolver y reutilizar en el establecimiento o para los proveedores o que sirvan la comida sobrante a los clientes en envases reutilizables y retornables.
- Los establecimientos hoteleros que ofrezcan productos en dosificadores o envases reutilizables y no utilicen productos en envases monodosis. Si tienen servicio de restauración, deben cumplir uno de los tres requisitos propuestos para los establecimientos de restauración.
- Los establecimientos de comida para llevar que ofrezcan los platos preparados en envases reutilizables y retornables o que acepten los de la clientela.
- Los establecimientos y servicios no alimentarios que no utilicen plásticos de un solo uso.
- Las residencias de personas mayores y las escoles bressol que utilicen pañales reutilizables como mínimo en una proporción de un tercio.
- Los establecimientos que apliquen otras medidas relevantes para reducir o eliminar los plásticos.