El documento establece que, para garantizar el agua a quien lo necesita, ante un impago de facturas, la compañía tiene que solicitar a los servicios sociales del Ayuntamiento un informe de valoración de la situación de exclusión residencial.
No se puede proceder a la suspensión del suministro si el informe de los servicios sociales indica que se trata de una persona o unidad familiar vulnerable en los supuestos que establece la Ley 24/2015.
Aigües de Barcelona se compromete a formalizar un contrato de suministro de agua a las familias sin derecho de uso sobre la vivienda, si el Ayuntamiento lo solicita, para garantizar que puedan acceder al servicio básico de agua.