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Preguntas frecuentes sobre la sequía
¿Por qué se produce la sequía? ¿Puedo poner la lavadora? ¿Puedo lavar el coche? ¿Las fuentes de la ciudad continuarán funcionando si hay sequía?
Consulta las preguntas frecuentes sobre el consumo de agua y la sequía en Barcelona.
La sequía es una condición frecuente en Cataluña, incluyendo la ciudad de Barcelona, donde se manifiesta como un problema territorial endémico. Caracterizada por periodos en que se registra una insuficiencia en el suministro de agua, la sequía crea un desequilibrio entre la disponibilidad natural de agua y el consumo que hace de esta la actividad humana.
En Cataluña, la distribución de las precipitaciones es notablemente irregular, con periodos prolongados sin lluvia o muy poca, alternados con episodios de precipitaciones torrenciales, un fenómeno característico del clima mediterráneo.
En Barcelona, la lluvia acumulada en 2023 fue de 267 mm, un 45 % por debajo de la media histórica (595 mm). Si bien, a fecha de 19 de junio de 2024, las últimas lluvias han acumulado hasta 321 mm con un 54 % por debajo de la media histórica, que se sitúa en valores similares del año 2022.
Año | Lluvia acumulada | % por debajo de la media histórica (595 mm) |
2021 | 333 mm | 56 % |
2022 | 319 mm | 54 % |
2023 | 267 mm | 45 % |
2024 (hasta 19/06) | 312 mm | 54 % |
Los expertos prevén que el cambio climático provocará, a medio y largo plazo, una mayor frecuencia de sequías y una disminución de la precipitación media anual.
Como respuesta, el Ayuntamiento de Barcelona y Barcelona Cicle de l'Aigua, SA (BCASA) están implementando políticas para promover el ahorro de agua y la adopción de hábitos de consumo sostenibles por parte del conjunto de la sociedad.
La contribución de la ciudadanía es esencial para combatir la situación y poder retrasar las posibles restricciones. Por eso se debe hacer un uso responsable del agua, evitar el despilfarro y poner en práctica los consejos para ahorrar agua que encontraréis aquí.
El Ayuntamiento de Barcelona, a través de la empresa pública Barcelona Cicle de l'Aigua, SA (BCASA), está desplegando el Plan de recursos hídricos alternativos de Barcelona (PLARHAB). Este plan responde a la necesidad de analizar la potencialidad de los recursos hídricos alternativos disponibles en Barcelona (agua subterránea, regenerada, gris, pluvial y de mar), con el objetivo principal de sustituir, siempre que sea viable técnicamente, el consumo de agua potable por otros recursos hídricos alternativos en aquellos usos que no requieren la calidad del agua de boca.
Además, el Ayuntamiento de Barcelona dispone del Protocolo por situación de sequía (2018), que se anexa al Plan de protección civil municipal de Barcelona (DUPROCIM). En dicho protocolo se desarrolla el conjunto sistemático de actuaciones que los servicios municipales y otros servicios externos deben llevar a cabo ante situaciones de sequía, teniendo en consideración no solo las medidas previstas en la normativa vigente, sino también otras medidas extraordinarias, tanto de carácter preventivo como activo, para una gestión del agua más eficiente y una mayor sensibilización de la ciudadanía.
Las fases de actuación del Protocolo por situación de sequía en Barcelona son las siguientes:
PREALERTA Esta fase no comporta limitaciones para los usuarios, pero sí acciones preparatorias de organización interna y de comunicación de datos. Tiene un carácter meramente informativo para el público en general y preventivo en el ámbito interno de los municipios.
ALERTA Dada la escasez de recursos hídricos, se adoptan medidas de ahorro en el abastecimiento y restricciones parciales en el resto de usos.
EXCEPCIONALIDAD Debido al agravamiento de la escasez de recursos hídricos, se intensifican las medidas de ahorro en el abastecimiento y las restricciones parciales en el resto de usos, incluida la prohibición de algunos usos internos en la red de abastecimiento urbano.
PREEMERGENCIA Un nuevo escenario no previsto en el Plan de sequía inicialmente, en el que se aplican medidas transitorias y de adaptación, de forma consensuada, antes de llegar a la declaración efectiva de emergencia.
EMERGENCIA (1, 2 y 3) .Dada la falta excepcional de recursos hídricos, se establecen restricciones y limitaciones extraordinarias en los usos del agua.
Lo hará el alcalde, como autoridad superior del municipio en materia de protección civil, según la Ley 4/1997, de Protección civil de Cataluña, con la publicación de un bando o una instrucción desde la Alcaldía, que incluirá las medidas y acciones que es necesario adoptar. La declaración de las diferentes fases de sequía corresponde a la Dirección de la Agencia Catalana del Agua (ACA). Esta resolución se puede dictar inmediatamente o cuando se confirma la tendencia climática y la entrada en una fase determinada después de observar y constatar la evolución de la situación.
Lo hará desde la web de Urbanismo, Transición Ecológica, Servicios Urbanos y Vivienda, habilitada para publicar los avisos de cambio de las diferentes fases del Protocolo, a través de las FAQ, de la atención desde el 010 y la atención directa y personal en las OAC. Además, también se publicarán notas de prensa y se hará difusión de las comunicaciones mediante las redes sociales municipales.
Asimismo, los cambios de fase se notificarán en las diferentes webs especializadas del agua, como por ejemplo en la web de la Fuente Mágica y en las webs de las diversas áreas afectadas, como el Área de Derechos Sociales (Educación y Deportes) o el Área de Empresa, Cultura e Innovación (Comercio y Turismo).
Existen diferentes canales para remitir dicha información al Ayuntamiento:
- Realizando una petición vía telemática
- Mediante la aplicación Barcelona a la Butxaca (disponible para iOS y Android)
- Llamando al Teléfono del Civismo: 900 226 226 (gratuito) Llamando al servicio de información municipal y general: 010 (gratuito)
- Presencialmente en cualquier oficina de atención ciudadana (OAC)
La Agencia Catalana del Agua (ACA) fija las dotaciones de agua en alta por municipio, es decir, el agua que tiene disponible el municipio para distribuir a la ciudadanía, los servicios, las empresas, etcétera.
- En fase de alerta hay fijada una media de 250 litros/habitante y día
- En fase de excepcionalidad, de 230 litros/habitante y día
- En fase de preemergencia, de 210 litros/habitante y día
- En fase de emergencia existen tres niveles:
- El nivel 1 corresponde a 200 litros/habitante y día
- El nivel 2, a 180 litros/habitante y día
- El nivel 3, a 160 litros/habitante y día
- El 69 % es consumo doméstico, con valores por debajo de 100 litros por habitante y día durante el año 2023, con el objetivo de ciudad de reducir 10 litros por habitante y día y llegar a 90 litros/habitante y día.
- El 26 % es comercial e industrial; estos ámbitos han reducido un 24 % su consumo de agua potable los últimos veinte años, con el objetivo de ciudad de reducirlo un 15 % y llegar a 20 hm3 al año.
- El 5 % es servicios municipales, es decir, el Ayuntamiento de Barcelona, que ha reducido su consumo en un 51 % los últimos veinte años, con el objetivo de ciudad de reducir un 10 % y llegar a 5 hm3 al año.
- Fase de prealerta: no se establece ninguna restricción, pero se recomienda hacer un uso responsable del agua y evitar su despilfarro
- Fase de alerta: reducción del 5 %
- Fase de excepcionalidad: reducción del 15 %
- Fase de emergencia: reducción del 25 %
En la fase de emergencia, en caso de que la dotación en alta de la ciudad sea superior a la que determina la Agencia Catalana del Agua, se deberá activar el plan de contingencia de que dispone el AMB para la red de suministro. Este plan prevé, como primera acción, la disminución de la presión gradual en el agua que circula por la red de suministro, lo que no significa cortes de presión.
- Fase de alerta: se mantienen parados todos los manantiales de las fuentes ornamentales municipales. Queda prohibido el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto lagos artificiales que sirvan de apoyo vital de vida acuática, donde se permite el mínimo uso del agua imprescindible para su mantenimiento.
- Fase de excepcionalidad: se mantienen parados todos los manantiales de las fuentes ornamentales municipales. Queda prohibido llenar total o parcialmente las fuentes ornamentales, los lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto los lagos artificiales que hagan de soporte vital de vida acuática, donde se permite el uso mínimo del agua imprescindible para mantenerlos.
- Fase de emergencia 1, 2 y 3: se prohíbe completamente llenar de forma total o parcial fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto los refugios de fauna en peligro de extinción o destinados a la recuperación de las especies autóctonas, que se pueden llenar con la mínima cantidad de agua indispensable procedente de la regeneración o freática.
- Fase de alerta: se debe extremar la eficiencia del riego, previéndolo en horario de 20:00 a 8:00 horas y solo dos días a la semana, alternando los días entre los vecinos y vecinas (la ACA indica la siguiente alternancia por defecto: las viviendas con numeración par podrán regar los miércoles y los sábados, y las viviendas con numeración impar, los jueves y los domingos).
- A partir de la fase de excepcionalidad: queda prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes públicas y privadas, excepto para el riego de supervivencia de árboles o plantas, mínima cantidad de agua, horario de 20 h a 8 h y con regadera o gota a gota. Sí está permitido el riego con aguas de lluvia, aguas regeneradas, así como, en el ámbito municipal, aguas freáticas con riego por goteo, horario nocturno y mínima cantidad de agua.
- En emergencia 1 y 2: está prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes, tanto de carácter público como privado, excepto para la supervivencia de arbolado y jardines botánicos públicos si se hace con aguas regeneradas o freáticas.
- En emergencia 1: el riego de los parques y jardines de la ciudad se hace con agua freática:
- Arbolado viario y palmeras: vías emblemáticas y grandes avenidas, 35.000 unidades.
- Arbolado de calles y avenidas con espacios verdes: passeig de Sant Joan, avinguda Diagonal, etc.
- Arbolado de parques emblemáticos e históricos: rosaleda del parque de Cervantes, parque del Laberint, jardines del Doctor Pla i Armengol, de Mossèn Costa i Llobera, del Teatre Grec, parque de la Trinitat, jardines de los Drets Humans, etc.
- Jardines botánicos en emergencia 1 y 2 y solo arbolado en emergencia 3.
- En emergencia 3: está prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes, tanto de carácter público como privado, excepto para la supervivencia de arbolado singular o monumental en espacios públicos, siempre que se haga con aguas regeneradas o freáticas. En relación con el programa “Cuida el alcorque”, queda suspendidas las nuevas altas en el programa, pero se pueden regar con regadora los alcorques adoptados. El riego tiene que llevarse a cabo siempre en horas de baja insolación y utilizando la mínima cantidad de agua indispensable.
Desde el año 2001, el Instituto Municipal de Parques y Jardines ha implantado un sistema de gestión ambiental en el ámbito de la gestión y el mantenimiento de las zonas verdes públicas y el arbolado viario. Con respecto al ahorro de agua, se han puesto en marcha varias medidas: control del consumo, control de escapes, control de las lecturas de los contadores, control de las programaciones de riego, sustitución de los elementos de riego por otros más eficientes e instalación de sensores de lluvia.
También se han instalado bypass de seguridad en los contadores de agua para evitar que las instalaciones estén en carga continua, de manera que solo se consume agua de acuerdo con la programación establecida. Aparte de todas estas medidas técnicas y tecnológicas, la medida ambiental principal es la selección de especies adecuadas al clima mediterráneo. Así, se trabaja con plantas adaptadas a las condiciones de la ciudad.
En huertos urbanos, públicos o privados, está permitido el riego de supervivencia de árboles o plantas, con la mínima cantidad de agua, en horario de 20 h a 8 h y con regadera o gota a gota.
Se admite el riego de huertos públicos municipales con aguas freáticas. Hay que indicar que el origen del agua es no potable.
- En fase de alerta: se prohíbe a particulares la limpieza de calles, pavimentos y similares utilizando mangueras de agua. La limpieza urbana por parte de los servicios municipales se hará con el mínimo gasto de agua, evitando cuando sea posible el uso de agua potable.
- En fase de excepcionalidad y de emergencia 1, 2 y 3: se prohíbe la limpieza con agua potable de calles, alcantarillado, pavimentos, fachadas y similares, ya sean públicos o particulares, excepto si la limpieza es resultado de un accidente o de un incendio, o bien hay un riesgo sanitario o un riesgo para la seguridad vial. En estas circunstancias, la limpieza se hará con el mínimo de agua indispensable. Pueden utilizarse aguas regeneradas o freáticas.
- Se permite la limpieza de escaparates y ventanas con cubo y esponja.
Para afrontar el decreto de sequía, que prohíbe utilizar agua potable para limpiar las calles, hemos creado una red de camiones de abastecimiento que suministran agua freática a los vehículos más pequeños de limpieza. Así, estos vehículos, adaptados para ser más ágiles y menos voluminosos, pueden continuar su tarea de forma eficiente. En total, disponemos de 28 cisternas de gran capacidad que se distribuyen estratégicamente por toda la ciudad, cubriendo tres turnos de trabajo diarios. Esto nos permite mantener nuestro compromiso con la limpieza urbana, respetando al mismo tiempo las restricciones de agua.
Queda prohibido el uso de agua para la eliminación de polvo y materia en suspensión en el aire.
Prohibida la limpieza de cualquier tipo de vehículo. Solo se permite en establecimientos comerciales con sistemas de recirculación de agua.
- En los estados de alerta, excepcionalidad y preemergencia: si las embarcaciones se limpian con agua de mar, no se aplican restricciones. Para cualquier otro tipo de agua diferente a la de mar, la limpieza de embarcaciones se debe llevar a cabo en establecimientos comerciales dedicados a esta actividad que dispongan de un sistema de recirculación del agua.
- En estado de alerta, excepcionalidad y preemergencia: fuera de los establecimientos comerciales del punto anterior, se permite únicamente la limpieza de vidrios, espejos, retrovisores, luces y placas de matrícula mediante el uso de esponja y cubo. También se permite la limpieza de embarcaciones fuera de establecimientos comerciales si es necesario para mantener la seguridad y salud de las personas y de los animales. Dentro de esta categoría se incluyen las embarcaciones de transporte de comida, transporte de animales (vivos y muertos, como por ejemplo las embarcaciones de pesca), embarcaciones medicalizadas, así como las embarcaciones de transporte de residuos. En cualquier caso, la limpieza se hará con la utilización del mínimo de agua posible.
- En emergencia: se deben limpiar en establecimientos comerciales dedicados a esta actividad que dispongan de un sistema de recirculación del agua.
La utilización de agua dulce para el llenado de piscinas queda limitada a los siguientes casos:
- Rellenado parcial de piscinas que disponen de un sistema de recirculación del agua, en las cantidades indispensables para mantener la calidad sanitaria del agua.
- Primer llenado de piscinas de nueva construcción o llenado posterior en obras de rehabilitación o modificación del vaso en piscinas de uso público (definidas en el artículo 2.2 del RD 742/2013) o piscinas de uso privado tipo 3A (artículo 2.3.a del RD 742/2013).
Se permite el llenado y rellenado de las piscinas de uso terapéutico ubicadas en hospitales y centros de educación especial y de las piscinas de instalaciones juveniles inscritas en el Registro de Instalaciones Juveniles de la Dirección General de Juventud.
En centros educativos, el llenado completo o parcial de piscinas desmontables de menos de 500 litros para el baño de los niños y niñas.
Se permite el llenado y rellenado de las piscinas de uso privado tipo 3B (artículo 2.3.b del RD 742/2013) destinadas al baño de personas que disponen de una evaluación del grado de discapacidad en la que consta que sufren alteraciones de la conducta.
Se permite el llenado total o parcial de las piscinas de agua de mar que se llenen y se vacíen sin conexión a las redes de abastecimiento ni saneamiento.
El Plan de sequía diferencia el uso de los campos de deporte federado del resto. El Consejo Catalán del Deporte es el responsable de delimitar el ámbito correspondiente al deporte federado o equivalente.
Para aquellos campos de fútbol que para regar únicamente utilizan la red de agua potable, se les aplican las medidas siguientes: Aplican las mismas limitaciones que en el caso del riego de jardines y zonas verdes. El riego del césped queda prohibido en todos los casos, excepto en superficies destinadas a la práctica federada del deporte, sin superar dotación de 450 m³/ha/mes. En este caso, se permite remojar el césped antes de la actividad si es imprescindible para poder desarrollarla en condiciones de seguridad, pero incluyendo los volúmenes empleados en tal efecto en el cómputo de la dotación máxima.
- En el escenario de alerta: funcionan todas las duchas de las playas. Os recordamos que hay que hacer un uso responsable del agua para evitar el derroche.
- En el escenario de excepcionalidad: solo está en funcionamiento una sola ducha por playa.
En el escenario de excepcionalidad, se prohíbe llevar a cabo actos lúdicos, públicos o privados, que comporten la utilización de agua susceptible de ser apta para el consumo humano, como las pistas de hielo temporales o de uso lúdico, las fiestas de espuma, los juegos de agua o similares.