Tramitación telemática de licencias y comunicados de actividades e informes previos

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha una nueva forma de tramitación de los expedientes de actividades que permitirá gestionar de manera telemática sus solicitudes.

Esto es posible gracias al despliegue del expediente electrónico en los permisos de actividad, y requiere disponer del proyecto o la documentación técnica de las actividades en formato electrónico, y del certificado digital (nivel bajo), que se instala en el navegador del ordenador y permite identificarse y firmar digitalmente.

La tramitación de actividades en la ciudad pasa del formato presencial al telemático, mediante el proyecto eActivitats. Esto representa un cambio en la forma de trabajar y de relacionarse con las personas y es posible gracias al despliegue del expediente electrónico, el cual requiere la documentación técnica de las actividades en formato electrónico, así como algunos de los siguientes sistemas de identificación y firma electrónica:

  • idCAT Mòbil y Cl@ve (sistemas basados en el envío de contraseñas de un solo uso al teléfono móvil).
  • DNI electrónico.
  • idCAT Certificado y otros certificados digitales válidos para relacionarse con las administraciones públicas. Puede consultarlos en los buscadores de prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados en el Estado español.

 

Trámites generales del eActividades:

Este trámite permite conocer el régimen de intervención que se aplica a las actividades que quieran realizarse en función del emplazamiento, el epígrafe y los parámetros propios de la actividad y de su compatibilidad urbanística, y está regulado en la modificación de los anexos de la Ordenanza Municipal de Actividades y de Intervención Integral de la Administración Ambiental de Barcelona (OMAIIAA). También permite conseguir la guía de la documentación necesaria para presentar la solicitud. Asimismo, en este trámite se indican los diferentes pasos a seguir antes de presentar la documentación.

El resultado de la consulta previa (que tiene un plazo de validez de seis meses) le dará un código de consulta que deberá guardar y tener presente para poder realizar trámites posteriores, como la modificación de los datos administrativos de la consulta previa, la solicitud de licencia, el alta de comunicado y la petición, en su caso, de los informes previos necesarios (incendios, plan de usos, etc.) para el alta/solicitud de la actividad.

Consulta previa

Este trámite permite recuperar una consulta previa ya realizada y modificar los datos del titular de la actividad, el representante y la dirección de notificación. La modificación del emplazamiento de las actividades o del tipo de actuación no se puede llevar a cabo con este trámite y, por lo tanto, debe hacerse otra consulta previa.

Modificación Consulta previa

Para este trámite, que permite a la ciudadanía iniciar el permiso de una actividad, hay que disponer del certificado digital, el código de consulta previa y el NIF de la persona titular o representante que realizó la consulta. Además, deben aportarse los documentos o informes especificados en la hoja de ruta (derivada de la consulta previa).

Al inicio del trámite se hará una revisión automática de la consulta previa introducida. En caso de cambio normativo en la actividad solicitada, este se detectará y, en caso necesario, se notificarán nuevos parámetros, diversificaciones de la actividad, documentación adicional o la no compatibilidad.

Tramitación de expedientes de actividades

Este trámite permite a la ciudadanía solicitar aquellos informes previos requeridos en la hoja de consulta previa. El solicitante deberá disponer del certificado digital, el código de consulta previa y el NIF de la persona titular o representante que realizó la consulta. Además, deberá aportar la documentación necesaria para la generación del correspondiente informe previo.

Este informe es necesario, en el caso de las actividades reguladas por los planes de usos de ciudad y en el caso de que no se haya emitido en su correspondiente procedimiento de licencia de obras, en el supuesto de implantación de actividades incluidas en los planes de usos de los distritos (excepto el Plan de Usos de Ciutat Vella) que se encuentren sometidas a condiciones de densidad o distancia y que no estén reguladas por el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (PEUAT). 

En caso de que se trate de una actividad existente que incorpora alguna actividad complementaria como la de espacio de cultura viva, degustación, reparto a domicilio, etc., únicamente se necesita una declaración responsable del cumplimiento de la normativa, en el momento de tramitar la nueva comunicación de la actividad.

Informe previo de Plan de Usos de distrito o de ciudad

Este informe tiene carácter previo a la solicitud de licencia o comunicado de actividades en los supuestos de implantación de actividades incluidas en el Plan especial urbanístico de ordenación de las actividades de concurrencia pública, comercios alimentarios, servicios turísticos y otras actividades en el distrito de Ciutat Vella (Plan de Usos de Ciutat Vella).

El informe evalúa si se cumplen las condiciones establecidas en el Plan de Usos de Ciutat Vella. En caso de que se trate de una actividad existente que incorpore alguna actividad complementaria, como Espais de Cultura Viva, degustación o reparto a domicilio, únicamente es necesaria una declaración responsable del cumplimiento de la normativa, en el momento de tramitar la nueva comunicación de la actividad.

Informe previo de Plan de Usos de Ciutat Vella

Este informe tiene carácter previo a la solicitud de licencia o comunicado de actividades en los supuestos en los que el resultado de la consulta previa sea “Consulta técnico/a” o “No compatible por suspensión”. En el informe se evaluará la consulta para dar respuesta a la viabilidad de la actividad solicitada.

Informe urbanístico de compatibilidad

El trámite permite pedir el informe preceptivo de condiciones de protección contra incendios de proyectos vinculados a la implantación de una actividad en el municipio de Barcelona.

Informe de incendios previo

Este informe tiene carácter previo a la solicitud de licencia o comunicado de obras y de comunicado de actividades en los supuestos de implantación de actividades incluidas en el Plan especial urbanístico para la regulación de los establecimientos de alojamiento turístico, albergues de juventud, residencias colectivas de alojamiento temporal y viviendas de uso turístico (PEUAT):

  • •Albergues de juventud

  • Establecimientos de alojamiento turístico: hoteles, apartoteles, hostales o pensiones, apartamentos turísticos

  • Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal: residencias colectivas de alojamiento temporal (residencias de estudiantes) situadas en suelo de zona

  • Viviendas de uso turístico (VUT)

  • Hogares compartidos

El informe es necesario, ya que evalúa si se cumplen las condiciones establecidas en el PEUAT, y en caso de cumplimiento establece la reserva de plazas solicitadas hasta agotar la capacidad de crecimiento prevista, en los casos siguientes:

  • Comunicación de nueva actividad
  • Solicitud de incremento del número de plazas de un establecimiento existente

Para más información, para consultar el censo de actividades de alojamientos turísticos con licencia municipal, así como el censo de reserva, puede acceder al apartado de Censo de actividades PEUAT de esta misma web.

Certificado técnico, firma del técnico/a con título competente, que sea responsable de la puesta en funcionamiento de la actividad, de acuerdo con el proyecto presentado.

El proyecto técnico, con contenido que dé cumplimiento a la normativa de aplicación correspondiente, debe disponer de: Memoria, presupuesto y documentación gráfica (planos de emplazamiento, planta y sección).

Certificación de la entidad colaboradora de la Administración (ECA), con la comprobación del cumplimiento de las normas generales, sectoriales y técnicas que sean aplicables en la ejecución del proyecto. En primer lugar, hay que realizar las obras o instalaciones necesarias para desarrollar la actividad, y pedir la preceptiva licencia de obras en caso de que esta sea necesaria. Una vez finalizadas las obras o instalaciones, se solicitará la certificación técnica a una de las entidades de control siguientes, con presentación del proyecto técnico y el certificado de fin de instalaciones/actividad:

DEKRA INDUSTRIAL, SAU
Bureau Veritas Inspección y Testing, S.L.U.
TÜV Rheinland Ibérica I,C & T, S.A
ADDIENT EMPRESA CERTIFICADORA S.L.U.
SGS TECNOS S.A.U
TÜV SÜD ATISAE, S.A.U
AB-AUCATEL INSPECCIÓN Y CONTROL S.L.U.
EICON, SL
AB-EIC CONTROL REGLAMENTARIO, S.L

Para cualquier información adicional sobre estas empresas y su acreditación, puede consultar el sitio web de la Generalitat de Catalunya.

Declaración del titular de que los datos contenidos en el proyecto y el resto de documentación disponen de confidencialidad, de acuerdo con la legislación.

Declaración responsable de suscribir un seguro de responsabilidad civil antes de la apertura y el inicio de las actividades.