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eActivitats: Tramitación telemática de Solicitud de Licencias y Alta de comunicados de Actividad

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha una nueva forma de tramitación de los expedientes de actividades que permitirá gestionar de una manera telemática sus solicitudes

Esto es posible gracias al despliegue del expediente electrónico en los permisos de actividad, y requiere disponer del proyecto o la documentación técnica de las actividades en formato electrónico, y del certificado digital (nivel bajo), que se instala en el navegador del ordenador y permite identificarse y firmar digitalmente.
La tramitación de actividades en la ciudad pasa del formato presencial al telemático, mediante el proyecto eActivitats. Esto representa un cambio en la forma de trabajar y de relacionarse con las personas y es posible gracias al despliegue del expediente electrónico, el cual requiere la documentación técnica de las actividades en formato electrónico, así como algunos de los siguientes sistemas de identificación y firma electrónica:

  • idCAT Móvil y Cl@ve (sistemas basados en el envío de contraseñas desechables al teléfono móvil).
  • DNI electrrónico.
  • idCAT Certificado y otros certificados digitales válidos para relacionarse con las administraciones públicas. Puede consultarlos en los buscadores de prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados en el Estado español.

Ir a la tramitación

 

Los ciudadanos pueden acceder a la información de los trámites municipales e iniciar un trámite a través de la Oficina virtual de trámites (OVT); también disponen de un espacio personal donde consultar sus trámites y aportar documentación. Además, podrán ir presencialmente para gestionar los trámites a la Oficina de atención a la empresa (OAE). 

Objetivos

  • Cumplimiento del marco normativo legal:
    • Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.
    • Ley 18/2020, de facilitación de la actividad económica.
    • Modificación de los anexos de la Ordenanza municipal de actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona (OMAIIA).
  • Simplificación de las tramitaciones administrativas: servicio más ágil y eficiente. Mejora de la relación del ciudadano con la administración, mejorando la cantidad de información que se le proporciona necesaria para la tramitación de las actividades.
  • Impulso del desarrollo de las actividades económicas. Clasificación de las actividades con el grado de detalle que necesita la ciudad.
  • Tramitación y gestión digital de las actividades: aprovechar todas las herramientas disponibles para ser más eficientes, eficaces y óptimos.
  • Mayor y mejor coordinación entre los agentes internos involucrados en el proceso de tramitación de las actividades.
  • Mejor control de las actividades.

Modificación de los Anexos de la OMAIIAA

La modificación de los anexos de la Ordenanza municipal de actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona (OMAIIA) transforma los regímenes de intervención en los siguientes:

  • Anexo II: Licencia ambiental
  • Anexo II: Licencia de espectáculos y actividades recreativas
  • Anexo III.a: Comunicación ambiental y Comunicación con informe previo de incendios y certificación de la entidad de control
  • Anexo III.b: Comunicación con proyecto técnico y certificado técnico.
  • Anexo III.c: Comunicación con certificación técnica
Organització OMAIIAA

Documentación a aportar y tipología de actividades según regímenes de intervención

Anexo III.a

  • Actividades incluidas en el Anexo III de la Ley Ambiental, con Proyecto técnico, Certificado técnico y Certificado del EAC relativo a la parte ambiental, incendios y resto.
  • Actividades incluidas en el Anexo I de la Ley de Facilitación con informe de incendios y las incluidas en el artículo 4 de la Ordenanza de condiciones de protección contra incendios de Barcelona. Estas deberán aportar Proyecto técnico, Certificado técnico y Certificado del EAC, solo con relación al acta de comprobación de incendios.

Anexo III.b

Actividades incluidas en el Anexo I de la Ley de Facilitación, con Proyecto técnico y Certificado técnico.

Anexo III.c

Actividades incluidas en el Anexo I de la Ley de Facilitación, con Certificado técnico.

 

Documentación:

Modelo de certificado técnico (Es necesario descargar el documento)

Flujo de la solicitud de una licencia y alta de un comunicado

  1. Consulta

    Cumplimentación del formulario electrónico con datos de la actividad (emplazamiento, titular y parámetros del epígrafe de la actividad) y envío de la consulta

  2. Identificación del titular

    Generación del documento Hoja de Ruta, donde se indica si la actividad es compatible, el régimen de intervención y la documentación para aportar

  3. Régimen de licencia

    1. Solicitud de licencia

      El ciudadano realiza la solicitud de la actividad en la OVT u OAE, introduce el código de la consulta previa y efectúa el pago de las tasas correspondientes.

    2. Tramitación

      Revisión documental y técnica, hecha por un técnico/a del ayuntamiento. Notificación de deficiencias y resolución. En caso de deficiencias se notificará y habrá que resolverlas para avanzar en la tramitación.

    3. Resolución

      En el caso de licencia con resolución favorable, se realizará el control inicial o de funcionamiento, previamente al inicio de la actividad.

  4. Régimen de comunicado

    1. Preparación

      El ciudadano, en caso de que necesite certificaciones emitidas por las ECA, deberá dirigirse a cualquiera de las entidades homologadas. Todos los informes previos se pueden solicitar a través de la Oficina Virtual de Trámites, así como la Licencia de usos y obras provisional.

    2. Alta de comunicado

      El ciudadano realiza la solicitud de la actividad en la OVT u OAE, introduce el código de la consulta previa y efectúa el pago de los impuestos correspondientes.

    3. Resolución

      En el caso de comunicados favorables se puede iniciar la actividad.

Informes previos

Durante el proceso de tramitación es posible que se requieran alguno de estos informes previos: plan de usos de distrito, plan de usos de ciudad, certificado de Ciutat Vella, de compatibilidad de actividades, o de PEUAT. El propio flujo de tramitación se lo indicará.

Normativa

Modificación de los anexos de la OMAIIAA: