Tasa por cajeros automáticos que están abiertos en la vía pública

Es una tasa fija por el uso especial de la vía pública que se debe pagar cada año por tener cajeros automáticos abiertos en la vía pública a menos de 80 cm de línea de la fachada.

Ordenanza de la tasa por cajeros automàticos abiertos en la vía pública

Este impuesto se debe pagar a través de una Autoliquidación.

Avisos

El último día para hacer el pago, por internet se garantiza el servicio hasta las 13:00 horas.

El servicio de pago con tarjeta bancaria restará inoperante cada día entre las 23.30 y las 00.30 horas.

CIERRE DE LA OPCIÓN DE PAGO DE CARGO EN CUENTA

Hasta nuevo aviso, la opción de pago con cargo en cuenta no estará disponible. Se podrá continuar pagando con tarjeta bancaria, tanto de débito como de crédito.

Quién tiene que pagar la tasa de cajeros automáticos

Es una tasa fija por el uso especial de la vía pública que se debe pagar cada año por tener cajeros automáticos abiertos en la vía pública que estén a menos de 80 cm de línea de la fachada.

Qué cuota se ha de pagar por la tasa de cajeros automáticos

La tasa se devenga el día 1 de enero de cada año y el periodo impositivo comprende el año natural.


Si el cajero se ha instalado después del día 1 de enero, el pago se ajusta a los días que faltan para finalizar el año natural.
Cuando se retira el cajero, la cuota se prorratea de acuerdo con los días efectivos que ha estado instalado.
El importe de la tasa se calcula según el número de cajeros y la categoría de la calle donde se encuentran:

Categoría de la calle Importe/unidad €
A 855,00
B 513,00
C 299,00
D 213,00
E, F i Z 171,00

 

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