Cuidados
La Organización Internacional del Trabajo se refiere al trabajo de cuidado como todas aquellas actividades realizadas para dar respuesta a las necesidades físicas y emocionales de las personas, tanto si son actividades desarrolladas en la economía formal o en la informal, en la esfera pública o en la privada, y remuneradas o no remuneradas.
A lo largo de la historia, y todavía hoy en día, este conjunto de actividades ha sido realizado de forma muy mayoritaria por las mujeres y no se ha valorado como corresponde, ni social ni económicamente.
El Ayuntamiento de Barcelona impulsa políticas públicas para reconocer los cuidados como un derecho de la ciudadanía, promoviendo la corresponsabilidad y la sostenibilidad de la vida. Un ejemplo de ello es la medida de gobierno “Barcelona hacia el derecho al cuidado (2025–2030)”, que establece una hoja de ruta para garantizar este derecho desde una perspectiva feminista, interseccional y comunitaria. En este marco, proyectos como Barcelona Cuida ofrecen espacios de referencia para las personas cuidadoras y profesionales del sector.
Cómo incorporar la perspectiva de género en las políticas de cuidados
Integrar la perspectiva de género en las políticas de cuidados implica:
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Reconocer que los cuidados son una responsabilidad colectiva, no exclusiva de las mujeres.
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Redistribuir las tareas de cuidado entre diferentes agentes, entre mujeres y hombres, etc.
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Revalorizar el trabajo de cuidados, tanto remunerado como no remunerado.
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Incorporar la diversidad de situaciones y necesidades (edad, origen, situación administrativa, capacidades diversas, etc.) al diseñar servicios y políticas de cuidados.
Para hacerlo posible, es necesario:
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Garantizar condiciones laborales dignas en los sectores vinculados a los cuidados, a menudo feminizados y precarizados.
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Impulsar la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, administraciones, comunidad y sector privado.
- Incluir indicadores de género y equidad en la evaluación de servicios.