La Comisión de Pleno de Cultura del Ayuntamiento de Barcelona aprobó, el 23 de marzo de 2004, las Normas Reguladoras de funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Barcelona, dependiente del Instituto Municipal de Educación de Barcelona (IMEB), las que se han mantenido vigentes hasta la actualidad.
Desde el Instituto Municipal de Educación de Barcelona ha decidido proceder a la actualización de este reglamento para poder contar con un Consejo de Formación Profesional de Barcelona que convierta el órgano de consulta y asesoramiento, con carácter no vinculante, del Ayuntamiento de Barcelona, y funcione como plataforma estable de trabajo de los diferentes agentes educativos, sociales y económicos que operan en el entorno local, con el objeto principal de fomentar la formación profesional y la plena inserción laboral y profesional de las personas jóvenes de la ciudad.
Anteproyecto normativo
El Reglamento del Consejo de la Formación Profesional de Barcelona es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, de conformidad con los artículos 16 a) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.
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Memorias e informes
Aprobación inicial
Después de que la Comisión de Gobierno aprobara el proyecto normativo, los grupos municipales que no habían presentado el proyecto o no habían dado su conformidad, dispusieron de un plazo de quince días para presentar enmiendas. Una vez valoradas e incorporadas, en su caso, el proyecto de reglamento fue sometido a la Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes para su aprobación inicial.
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Enmiendas presentadas por los grupos políticos municipales
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Grup Municipal Popular
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Sesión de 14 de septiembre de 2020 de la Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes
Informació pública
La Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes acordó someter el Reglamento del Consejo de la Formación Profesional de la ciudad de Barcelona aprobado inicialmente a información pública durante el plazo de 30 días, en el que se pudo presentar las alegaciones que se consideraron oportunas, tal como dispone el artículo 178.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 2/2003 de 28 de abril, y el artículo 112 del Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de Barcelona.
El expediente estuvo expuesto al público para su consulta desde el 13 de octubre de 2020 hasta el 23 de noviembre de 2020, período durante el cual se pudo formular alegaciones.
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Alegaciones presentadas
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Alegaciones presentadas por los grupos políticos municipales
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Alegaciones presentadas por otros interesados legítimos
Aprobación definitiva
Incorporadas, en su caso, las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública, la Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes dictaminó la propuesta de aprobación definitiva, y la Ordenanza se sometió al Consejo Plenario para su aprobación definitiva.
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Sesión ordinaria de diciembre de 2020 del Pleno del Consejo Municipal
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Informe jurídico
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Sesión del 14 de diciembre de la Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes
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Publicación en los diarios oficiales