Subvenciones para apoyar proyectos de inversión en establecimientos o actividades comerciales, de servicios, de restauración, de ocio nocturno y de alojamiento turístico
- Estado:
- En justificación
- Plazo de presentación:
Del 10 de agosto al 17 de septiembre de 2021 (ambos inclusive)
- Temas:
- Economía y empresa
- Ciudad
- 2021
- Web informativo:
- Ir al web
- Acceso al trámite:
- Ir a la Oficina Virtual
Última actualización:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, hasta agotar el crédito presupuestario, con el fin de fomentar que las actividades económicas de la ciudad de Barcelona puedan ser más competitivas, digitales y accesibles y puedan responder a las nuevas expectativas de las personas de adquirir productos y servicios seguros, sostenibles y eficientes con el medio ambiente, apoyando los proyectos de inversión.
Se consideran proyectos de inversión subvencionables los que tienen por objeto la implantación, la ampliación o la mejora de las instalaciones o del funcionamiento de una actividad económica comercial, de servicios, de restauración, de ocio nocturno o de alojamiento turístico ubicada en la ciudad de Barcelona. Los proyectos de inversión por los que se solicita la subvención deberán haberse realizado o se realizarán en el periodo comprendido desde la fecha del inicio del estado de alarma, el 14 de marzo de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2021 (este incluido), y deberán cumplir con las condiciones y los requisitos recogidos en los apartados 3, 6, 7 y 8 de esta convocatoria.
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas (físicas o jurídicas) que sean titulares de una actividad económica de tipo comercial, de servicios, de restauración, de ocio nocturno y de alojamiento turístico ubicada en la ciudad de Barcelona; en el caso de viviendas de uso turístico (VUT), solo podrán solicitar subvención las empresas gestoras que cumplan las condiciones y los requisitos detallados en la convocatoria.
Para las personas jurídicas y las personas físicas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, en virtud del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, es obligatorio realizar el trámite por medios telemáticos.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el próximo 10 de agosto y acabará el 17 de setiembre de 2021 (ambos incluidos).
El plazo de presentación de la justificación será el 31 de marzo de 2022, y deberá presentarse mediante trámite telemático para las personas jurídicas y presencial/telemático para personas físicas en el Registro General del Ayuntamiento indicando el nombre de ésta Convocatoria.
Para más información, puede consultar el web barcelona.cat/subvencionesreactivamos.
- Bases (PDF 129.4 KB)
- Modificación de las bases (PDF 130.7 KB)
- Convocatoria [Ca] (PDF 327.06 KB)
- Ampliación presupuesto convocatoria [Ca] (PDF 86.09 KB)
- Formulario de solicitud y declaración responsable [Ca] (PDF 225.59 KB)
- Guion para la confección de la memoria explicativa del proyecto de inversión (PDF 252.93 KB)
- Declaración de ayudas MINIMIS (PDF 121.67 KB)
- Declaración de transparencia (DOCX 48.05 KB)
- Nota informativa de designación de la cuenta bancaria (PDF 421.6 KB)
- Trámite
- Web “Reactivamos Barcelona”
- Estado:
- En justificación
- Plazo de presentación:
Del 10 de agosto al 17 de septiembre de 2021 (ambos inclusive)
- Temas:
- Economía y empresa
- Ciudad
- 2021
- Web informativo:
- Ir al web
- Acceso al trámite:
- Ir a la Oficina Virtual