Funcionamiento de un Distrito
Territorialmente, Barcelona está organizada en distritos, órganos municipales que representan los intereses de los barrios, acercan la gestión a la ciudadanía y fomentan la participación en todo lo que les afecta.
Los Distritos se configuran como órganos territoriales para la desconcentración de la gestión y la descentralización de la participación ciudadana, y en ellos están representados los intereses de los distintos barrios que lo forman.
Su actuación debe ajustarse a los principios de unidad de gobierno, de eficacia, de coordinación y de solidaridad, con el objetivo de aplicar una política municipal orientada a la corrección de los desequilibrios y las desigualdades.
Así lo determina la Carta Municipal de Barcelona, una ley de 1998 que dota a los distritos de personalidad propia y un amplio nivel de autogobierno, con capacidad de decisión y de gestión económica para el ejercicio de sus competencias.
Por acuerdo del Consejo Municipal, desde 1984 Barcelona se organiza territorialmente en 10 distritos, según recogen las Normas reguladoras del funcionamiento de los distritos. En 2006 tuvo lugar la configuración actual de los 73 barrios.
La participación ciudadana en el distrito
Tanto la ciudadanía a título personal como las entidades y asociaciones en representación de colectivos pueden participar en órganos de gobierno como el Consejo de Distrito y las Comisiones Consultivas, según la metodología que establece el Reglamento orgánico municipal.
Igualmente, pueden hacerlo en órganos de participación como la Audiencia Pública, los Consejos sectoriales y los Consejos de barrio, cuyos mecanismos quedan establecidos en el Reglamento de participación ciudadana.
Se pueden obtener todos los detalles clicando el siguiente enlace: Órganos de Gobierno y de Participación de Sant Martí