Tramitación de la modificación de la Ordenanza de circulación de peatones y de vehículos
La vigente Ordenanza de circulación de peatones y de vehículos del Ayuntamiento de Barcelona fue aprobada por acuerdo del Plenario del Consejo Municipal de 27 de noviembre de 1998 y modificada por acuerdo del Plenario del Consejo Municipal el 26 de mayo de 2017. Después de más de veintidós años de vigencia, se detecta que la evolución en la movilidad hace necesaria una actualización de esta norma.
La iniciativa pretende revisar la vigente Ordenanza adecuándola al nuevo marco legal.
La propuesta normativa pretende adaptar la normativa municipal a la normativa estatal en materia de circulación, vehículos y conductores, proteger el derecho a la vida y la salud mediante la mejora de la seguridad vial en las vías urbanas, la mejora de la calidad del aire y la protección de los derechos de las personas con movilidad reducida, dando respuesta a los cambios provocados por la continua evolución social, económica, medioambiental, cultural, técnica y tecnológica en el ámbito de la movilidad. En particular, se regulará la circulación específica de las bicicletas por el Parque Natural de la Sierra de Collserola y la circulación en la ciudad de nuevos vehículos como los vehículos de movilidad personal.
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Consulta pública previa
De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se llevó a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recabar la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno, pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 9 y el 23 de noviembre de 2021.
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Aprobación del proyecto normativo
La modificación de la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, en conformidad con los artículos 16 a) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.
Después de que la Comisión de Gobierno aprueba el proyecto normativo, los grupos políticos municipales que no han presentado el proyecto o no han dado su conformidad disponen de un plazo de quince días para presentar enmiendas.
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Memorias e informes
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Sesión de 19 de enero de 2023 de la Comisión de Gobierno
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No presentación de enmiendas por parte de los grupos políticos municipales
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Presentación de propuestas y sugerencias
De acuerdo con lo que dispone el artículo 69.3 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las personas pueden enviar sus propuestas y sugerencias con relación a las iniciativas normativas que corresponda antes del trámite de audiencia e información pública. La Administración debe hacer una valoración general de las contribuciones, que debe publicarse en el Portal de Transparencia.
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Aprobación inicial
La modificación de la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos fue aprobada inicialmente por la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad en la sesión celebrada el 14 de febrero de 2023.
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Sesión de 14 de febrero de 2023 de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad
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Información pública
La Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad, en su sesión de día 14 de febrero de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza de circulación de peatones y de vehículos, y someterla a información pública durante un período de treinta días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Reglamento Orgánico Municipal.
El expediente quedó expuesto al público para su consulta desde el 20 de febrero de 2023 hasta el 31 de marzo de 2023, período durante el cual se pudieron formular alegaciones.