El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice que todas las personas tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia y la libertad de manifestarla a través de la práctica, el culto, la observancia y la enseñanza.
La libertad religiosa también está presente en otros tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones de 1981 o la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas de 1992, entre otros.
Además, el artículo 16 de la Constitución Española también recoge la libertad religiosa, así como lo hace la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad. Finalmente, pero no menos importante, el artículo 10 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea habla de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Sin embargo, la discriminación por motivos religiosos es todavía hoy una realidad. El Centro de Recursos en Derechos Humanos cuenta con un vídeo formativo en el que se habla del tema. Cristina Vilaplana, educadora social y activista antirracista define este tipo de discriminación como la que se da cuando una persona discrimina a otra porque practica una religión que no es la normativa y mayoritaria.
Vilaplana también habla de islamofobia: “en mi caso, que soy una persona musulmana conversa, lo que sufro es la islamofobia. Es todo aquel acto o discurso que va dirigido contra una persona musulmana o que es leída como musulmana. O contra algún espacio, como una mezquita, que pueda ser regentado por personas musulmanas.” También habla de la mochila de estereotipos que pesa sobre las personas musulmanas y pone algunos ejemplos de los que se asocian a las mujeres musulmanas.
Explica que muchos de los insultos y ataques islamófobos se están normalizando, es decir, que las personas que los reciben se acostumbran a ellos y no los identifican como discriminaciones o ataques. Esta situación está contribuyendo a la infradenuncia de casos de islamofobia en la ciudad.
¿Qué es el racismo antimusulmán o islamofobia?
El racismo antimusulmán incluye la discriminación, el odio y la exclusión a las que se enfrentan las personas musulmanas y las percibidas como tal a causa de su identidad religiosa.
La islamofobia o racismo antimusulmán puede afectar de forma interseccional a las víctimas. Pueden experimentar otras formas de discriminación basadas en su género, identidad religiosa, etnia, clase social, etc. Eso quiere decir que, por ejemplo, la forma con la que una mujer negra musulmana vive la islamofobia puede ser muy diferente de la experiencia de un hombre musulmán blanco.
El racismo antimusulmán funciona de manera similar a otras formas de racismo: se utiliza para excluir a las personas musulmanas de los beneficios y derechos de los cuales disfruta la ciudadanía no musulmana. Alguien musulmán o leído como tal es considerado “el otro”, un elemento ajeno, hecho que puede llevar a vulneraciones de sus derechos fundamentales.
El racismo antimusulmán fomenta el odio entre diferentes grupos de la ciudadanía y pone en peligro la cohesión social y los principios básicos de la democracia.
Guía “Iniciativas locales contra el racismo antimusulmán”
La guía de la Coalición Europea de Ciudades Contra el Racismo (ECCAR) “Iniciativas locales contra el racismo antimusulmán” recopila iniciativas de éxito de toda Europa con el objetivo de hacer frente a la islamofobia.
También recoge datos sobre la situación actual en el continente: según la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, por sus siglas en inglés), una de cada tres personas musulmanas afirma haber sido víctima de discriminación o acoso a causa de símbolos religiosos visibles como la ropa que llevaban.
La guía cuenta con buenas prácticas de 17 ciudades. Barcelona es una de ellas, y se menciona el primer Plan Municipal de Lucha contra la Islamofobia de finales del 2016, entre otras acciones. El objetivo del plan era combatir un tipo específico de discriminación teniendo en cuenta el aumento de situaciones discriminatorias hacia la población musulmana (con motivo de su religión, etnia, género, o una combinación de todas).
El documento de ECCAR también incluye aportaciones de especialistas -como representantes de ONG o del mundo académico- y está disponible en castellano, inglés, francés, alemán, italiano y portugués.