05/07/2022 - 14:18
Vivienda. Una vez ha pasado la convocatoria, las usuarias preguntan sobre los plazos de resolución. ¡Les damos respuesta!
Una vez pasada la convocatoria del Bono Alquiler Joven, las usuarias del servicio de Asesoría de Vivienda compartida preguntan sobre los plazos de resolución de la subvención..
Las bases que regulan la convocatoria de la ayuda nos dicen que la Agencia de la Vivienda de Cataluña (el organismo que resolverá todas las solicitudes), tiene seis meses para hacerlo.
Si pasados seis meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria (26 de mayo), no has recibido notificación, ésta se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Dicho esto, la Agencia de la Vivienda revisa las solicitudes por orden de llegada.
Es importante que estéis atentas a los posibles requerimientos que la Administración pueda llegar a hacer, en caso de que eche de menos documentación que sea necesaria para resolver la solicitud.
Tanto los requerimientos por falta de documentación como las resoluciones de solicitudes, las encontraréis publicadas en la web vivienda. gencat. cat y en vuestra Área privada de gencat.cat.
Contra las resoluciones denegatorias se puede interponer un recurso en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación.