Los daños en el piso de alquiler

11/01/2021 - 09:26

Vivienda. Hablamos de los daños en los pisos de alquiler y de la responsabilidad que tienen las personas inquilinas: ¿cómo podemos evitar que nos responsabilicen de daños no cometidos y que no nos devuelvan la fianza?

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la persona propietaria es la encargada de realizar las reparaciones necesarias con el fin de conservar la vivienda en condiciones de uso para ser habitada. No obstante, la persona inquilina tiene que hacer un uso correcto de la vivienda, ya que de no hacerlo y en consecuencia provocar, con su conducta, daños en la vivienda, será  responsable de éstos.

En los contratos  de arrendamiento suelen imponerse cláusulas que nos obligan a cuidar de la vivienda, devolverla en las mismas condiciones que nos la entregaron y responsabilizarnos de los daños cometidos en ella.

Se tiene que tener en cuenta que, como inquilinos o inquilinas, no sólo responderemos por aquello que se estropee intencionadamente, sino también de los daños que provoque una actuación imprudente, es decir, una actuación que podríamos haber evitado con un mínimo de vista o diligencia.

Algunos daños habituales son:

  • Marcos de las puertas manchados de pintura
  • Baldosas de las paredes de la cocina manchadas o agujereadas
  • Cañerías de cocina y baños obturadas por haber tirado objetos
  • Vidrios rotos

Normalmente, cuando llega el fin del contrato y nos marchamos de la vivienda, es cuando la persona propietaria revisa la vivienda y los posibles daños.

Los daños que puedan salir serán compensados con la retención de parte o de toda la fianza. Para poder retenerte la fianza, la persona propietaria tiene que probar que estos daños los has provocado tú como inquilino/a de manera intencionada o con una actuación imprudente.

Para evitarlo, lo mejor es  que:

  • Antes de entrar en un piso de alquiler, hagamos fotografías de todas las estancias y de todos los objetos o instalaciones que veamos que puedan ya estar dañados y adjuntar las fotografías como anexo al contrato.
  • Antes de dejar la vivienda, hagamos fotografías del estado de cada estancia, a ser posible, de cerca y con detalle de objetos o instalaciones. ¡Conservad las fotografías con una indicación de la fecha que las habéis hecho!

De esta manera, cuando nos marchemos de la vivienda y la persona propietaria nos tenga que devolver la fianza, no podrá responsabilizarnos de daños que ya existían o de los que no estaban realmente cuando nos marchamos.

Si tenéis alguna duda en relación con la reclamación de una fianza no devuelta o alguna otra duda relacionada con la vivienda, pedid cita previa con la Asesoría de Vivienda compartida para jóvenes a través de cualquier Punto infoJOVE de la ciudad.