Protección

de aves nidificantes

Aves en edificios

En Barcelona, cría una gran variedad de aves, muchas de las cuales están legalmente protegidas. Estos animales son un patrimonio natural muy importante y mejoran la calidad de vida en la ciudad. Además, son muy útiles porque son grandes consumidores de insectos.

Muchas especies anidan en los árboles o en el sotobosque, pero también hay otras que lo hacen en los edificios. Aves como los vencejos y las golondrinas y los aviones comunes, entre otros, han encontrado en los edificios de la ciudad un sustituto artificial de los peñascos.

Protección de aves en edificios

La presencia de aves protegidas en edificios está regulada por el Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de protección de los animales, por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad y por el artículo 334 del Código Penal.

Este texto indica que no se puede llevar a cabo ninguna intervención que pueda afectar ni destruir ningún lugar de anidación o refugio (los nidos y refugios también están protegidos fuera de la época de cría y aunque no estén ocupados). En el caso que sea necesario hacerlo hará falta solicitar una autorización excepcional a los Servicios Territoriales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya antes de iniciar cualquier actuación a través del siguiente enlace:

Acceder al trámite

Destinatario del trámite: Sección de Biodiversidad y Medio Natural (Fauna)

Los promotores de intervenciones en edificios tienen la responsabilidad de comprobar por propios medios la posible presencia de especies protegidas antes de iniciar cualquier tipo de actuación. Atendiendo a la normativa vigente, la destrucción o simple molestia de lugares de cría o refugio de especies protegidas puede comportar el paro de la obra y ser constitutivo de delito penal o sanción administrativa.

La fauna urbana

En general, se considera que hay afectación en la fauna, si la actuación tiene incidencia sobre:

  • - Nidos de barro adheridos a la fachada, ventanas, patios de luces o en el interior de edificios abandonados. No se pueden retirar sin autorización.
  • - Cavidades, orificios de ventilación en medianeras o cualquier oquedad o cámara vacía (hay que respetar todos los orificios y más, si se sabe de su utilización por especies protegidas) que no se pueden tapar o inhabilitar sin autorización.

El criterio básico a seguir es no tapar agujeros. En caso de problemas con las palomas, se puede proceder a reducir las dimensiones del orificio de acuerdo con las especificaciones técnicas del Manual Arquitectura y biodiversidad para impedir su entrada.

¿Cómo puedo saber si mi edificio tiene nidos de especies protegidas?

El Ayuntamiento de Barcelona tiene detectadas actualmente más de 900 direcciones de edificios que cuentan con presencia de nidos. Haz clic aquí para acceder a lista y comprobar si el edificio es uno de ellos.

También puedes consultar la información mediante la herramienta:

Visor de fauna

A pesar de que el edificio no figure en esta lista, el promotor tiene la responsabilidad de comprobar por propios medios esta posible presencia de especies protegidas antes de iniciar cualquier tipo de intervención en el edificio.

¿Cómo hay que actuar si existen nidos de especies protegidas?

  • En caso de que se realicen actuaciones en edificios con presencia de nidos o con cavidades, pero estas actuaciones no tengan afectación en los nidos o refugios (porque no se destruyen o porque las obras se realizan fuera de la temporada de cría, o porque se trabaja a muchos metros de estos), no será necesario pedir la autorización previa al Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya.
  • En aquellas obras e intervenciones donde se hayan detectado indicios o presencia de nidos o refugios de especies protegidas, y esté previsto ejecutarlas durante la temporada de cría (de forma general de abril a setiembre), o bien se puedan destruir nidos, cerrar agujeros o causar daños a las aves, será necesario pedir autorización a los Servicios Territoriales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya al inicio de las obras.  Esta autorización puede establecer medidas correctoras o compensatorias para dar continuidad al lugar de cría o refugio que se vea afectado por la intervención..