La OMIC sigue prestando sus servicios de forma telemática, presencial ya través del teléfono 010. Las consultas o reclamaciones deben hacerse preferiblemente de forma telemática. 

Para aquellas consultas o reclamaciones que requieran atención presencial, es necesario concertar cita previa en el portal de trámites municipal ajuntament.barcelona.cat/cita/omic, llamando al 010, o en los Quioscos de trámites municipales.

Recomendaciones a las personas afectadas por la huelga de Ryanair

Recomendaciones a las personas afectadas por la huelga de Ryanair

AEROLÍNEAS. En caso de cancelación de un vuelo, la normativa europea establece el derecho a escoger entre la devolución del importe del billete o un medio de transporte alternativo, además de la posibilidad de recibir una compensación económica.

Los tripulantes de cabina de Ryanair tienen previsto hacer huelga los dos primeros fines de semana de verano, entre el 24 y el 26 de junio y entre el 30 de junio y el 2 de julio. Por este motivo, desde la Oficina Municipal de Información a las Personas Consumidoras (OMIC) de Barcelona, te recordamos que es muy importante que consultes diariamente la situación de tu vuelo con la compañía aérea o con tu agencia de viajes.

Si la compañía aérea cancela el vuelo o se produce un retraso superior a las cinco horas, de acuerdo con lo que establece la Unión Europea en el Reglamento CE 261/2004, puedes escoger entre la devolución del importe del billete o un medio de transporte alternativo.

Si optas por el transporte alternativo, deben ofrecerte comida, bebida y, si fuese necesario, sistemas de comunicación de forma gratuita hasta la nueva salida. Además, si la salida es al día siguiente o días más tarde, también tienes derecho a alojamiento, con los desplazamientos incluidos.

También te puede corresponder una compensación económica de entre 250 euros y 600 euros, en función de la distancia del vuelo, excepto si te comunican la cancelación con una antelación mínima de dos semanas. Las cantidades de las compensaciones económicas por cancelación, establecidas por la normativa comunitaria, son las siguientes:

  • Hasta 1.500 kilómetros de distancia del vuelo: 250 euros, ya sean vuelos intracomunitarios o extracomunitarios. 
  • Entre 1.500 y 3.000 kilómetros de distancia del vuelo: 400 euros, ya sean vuelos intracomunitarios o extracomunitarios. 
  • Más de 3.500 kilómetros de distancia del vuelo: 400 euros en el caso de vuelos intracomunitarios y 600 euros en los extracomunitarios. 

Ten en cuenta que si la línea aérea te ofrece un vuelo alternativo que te permita llegar al destino con pocas horas de diferencia respecto de la hora prevista inicialmente, la compensación económica se reducirá al 50 %.

Si la compañía aérea no respeta tus derechos, solicita la hoja oficial de reclamación en el mismo mostrador del aeropuerto o reclámalo a la empresa por algún medio que deje constancia —formulario web, teléfono con número de incidencia, etc.—. Si en el plazo de 30 días no has obtenido respuesta, o bien la respuesta no es satisfactoria, contacta con la OMIC de Barcelona o bien con la Agencia Catalana del Consumo. Desde los organismos públicos de consumo se tramitará la reclamación mediante los mecanismos de resolución alternativa de conflictos, que son gratuitos y voluntarios para ambas partes.

Finalmente, te recordamos que los incumplimientos del Reglamento CE 261/2004 pueden denunciarse ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Más detalles, en la Agencia Catalana del Consumo.