Es obligatorio que los establecimientos informen del precio de venta total (con tributos incluidos) de forma visible y claramente legible, sin inducir a error o engaño, con carteles y etiquetas tanto en el interior del establecimiento como en el escaparate.
Si el producto se comercializa a granel o con envasado medible, se deberá indicar el precio del peso neto del producto. Y en caso de que se utilice algún envoltorio o protección, se pesará descontándolo.
Cuando se trata de un servicio, se debe informar de su precio con un letrero, tarifa o folleto, pero, si no es posible calcularlo, las personas consumidoras tienen derecho a pedir un presupuesto.
Por otro lado, si se entregan cantidades a cuenta del precio final y finalmente no se formaliza la compra o contratación, las empresas deben informar de las condiciones aplicables.