La OMIC sigue prestando sus servicios de forma telemática, presencial ya través del teléfono 010. Las consultas o reclamaciones deben hacerse preferiblemente de forma telemática. 

Para aquellas consultas o reclamaciones que requieran atención presencial, es necesario concertar cita previa en el portal de trámites municipal ajuntament.barcelona.cat/cita/omic, llamando al 010, o en los Quioscos de trámites municipales.

Contratar cursos en línea: ¿cuáles son mis derechos?

Contratar cursos en línea: ¿cuáles son mis derechos?

Cursos en línea. La OMIC ha detectado un incremento de las consultas y quejas en relación con la contratación de estos cursos. A continuación recogemos una serie de consejos generales para las personas consumidoras.

El mes de setiembre no es solo el inicio del año académico en las escuelas, institutos o universidades, también es el mes de arranque de un gran abanico de cursos que ofrecen las diferentes (y numerosas) academias y centros de formación que encontramos en la ciudad.

Una de las novedades de este año es el incremento de la oferta formativa en línea que ofrecen estas academias y centros de formación, una tendencia que se ha visto acelerada con la crisis de la COVID-19. Desafortunadamente, este crecimiento ha ido de la mano de un incremento de las consultas y quejas en relación con la contratación de estos cursos.

A la hora de conocer nuestros derechos como personas consumidoras, debemos tener en cuenta que las obligaciones de las academias o centros de formación son las mismas tanto para los cursos en línea como para los presenciales. La particularidad es que se trata de una contratación a distancia y, por lo tanto, se aconseja que las personas consumidoras sigan una serie de recomendaciones.

 

Consejos generales para la contratación en línea
  • Contratar cursos en sitios web conocidos previamente por ti o de los que te hayan dado buenas referencias. Confirmar que la página incluya la identidad de la empresa y los datos de contacto.
  • Comprobar que el web indica las características del curso, el precio y el coste del material, la forma de pago y la modalidad de la acreditación.
  • Verificar que no se incluyen opciones premarcadas que impliquen gastos adicionales.
  • Guardar el mensaje de la confirmación del pago y la factura.
  • Derecho de desistimiento. Es posible anular el contrato durante los 14 días siguientes de su formalización o de la recepción del material.
  • En caso de disconformidad, dirige primero tu reclamación a la empresa formadora. Si no recibes respuesta en el plazo de 30 días, o bien la respuesta no es satisfactoria, puedes contactar con la OMIC para hacer la reclamación.

 

Dudas sobre las acreditaciones

Una de las quejas más frecuentes que llegan a la OMIC está relacionada con los títulos o acreditaciones que ofrecen las academias o centros de formación.

En este sentido, es muy importante tener clara la diferencia entre enseñanzas regladas y no regladas. Las enseñanzas regladas conducen a la obtención de certificados homologados, mientras que los centros de estudios no reglados no pueden expedir nunca ninguna certificación académica homologada.

Es muy importante, pues, que la publicidad que se haga no pueda inducir a error o a falsas expectativas a sus destinatarios. Según el artículo 15 del Real decreto 401/1979, de 13 de febrero, entre los casos que se consideran publicidad ilícita, encontramos “realizar publicidad educativa que pueda inducir a confusión sobre los términos de la autorización conferida o sobre la validez académica de las enseñanzas impartidas”.

 

En caso de conflicto, el contrato manda

Por otra parte, en la OMIC también hemos detectado que, en una situación de excepcionalidad y grandes incertidumbres como la que vivimos actualmente, preocupa tener que comprometerse durante periodos muy largos. De hecho, una de las consultas que más se han repetido tiene que ver con la de los cursos semipresenciales, que son las formaciones en que una parte de la carga lectiva es presencial y la otra, en línea. ¿Qué pasaría en caso de nuevos confinamientos? ¿Estos cursos se seguirían haciendo?

Recordamos que según el artículo 123-3 y 123-4 de la LCCC, las personas consumidoras tenemos derecho a que se nos entregue, con un tiempo suficiente y razonable, un modelo de contrato con las condiciones generales previstas. Para evitar malentendidos o reclamaciones posteriores, desde la OMIC se recomienda leer con detenimiento este contrato y, en caso de considerar que hay situaciones que no se prevén o si surge cualquier otra duda, pedir que se incluyan. 

Es clave, pues, que nos aseguremos de que se hacen las modificaciones necesarias en el contrato o que obtengamos una respuesta por escrito a nuestras dudas. De hecho, esta es quizás una de las recomendaciones más importantes que podemos hacer desde la OMIC para cualquier contratación. Así que, recuerda, el contrato siempre manda.